Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de octubre de 2020 /

El Peruano

Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos en Pesca y Acuicultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación específicamente al financiamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B "Subproyectos", se establece entre otros que: "Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Beneficiario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo ("Acuerdo de Subproyecto") a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Beneficiario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (...)" Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0142019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de la Producción, a través del PNIPA para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobierno Regionales y Locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del PNIPA, y de las normas que regulan los fondos que administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, se autoriza que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere, se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de contrato de recursos no reembolsables, y requiriéndose el informe favorable previo de la oficina de presupuesto. La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se refiere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa Nacional, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del respectivo Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, publicada en fecha 18 de enero de 2020, entre otros, se delegó en la Dirección Ejecutiva del PNIPA, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0142019; Que, a través del Informe N° 070-2020-PRODUCEPNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, estableciendo la relación de las subvenciones a Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de

Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura respectivamente. Asimismo, señala que ha verificado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados, detallando el monto total y por fuente de financiamiento aplicable señalados en los Anexos de la presente resolución; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, respectivamente, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el "Monitoreo", prevé que el PNIPA debe informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF ­ Banco Mundial, Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 20172018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), señaladas en los cuadros de los Anexos de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 2´633,203.23 (Dos millones seiscientos treinta y tres mil doscientos tres con 23/100 soles), correspondiendo S/ 2´130,704.81 (Dos millones ciento treinta mil setecientos cuatro con 81/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y S/ 502,498.42 (Quinientos dos mil cuatrocientos noventa y ocho con 42/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de financiamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, Oficinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019. Asimismo disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de