Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 4 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 "A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL", en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada mediante Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencias financieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20 de la citada directiva pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante Informe Nº 184-2020-UNAB/UP, de fecha 31 de agosto de 2020, la Jefe de la Unidad de Presupuesto precisa: "(...) se concluye que es pertinente la aplicación de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020 a los miembros de la Comisión Organizadora de la UNAB, según lo señalado en el numeral 8 de su artículo 2, así como lo regulado en el literal b) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 220-2020-EF; considerando la definición de la clasificación de los miembros de la Comisión Organizadora precisada en el INFORME TÉCNICO-001238-2020-GPGSC (SERVIR) y la opinión vinculante brindada por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF mediante INFORME Nº 0972-2020-EF/53.04 (...) Asimismo, se recomienda realizar las acciones pertinentes para la aplicación de lo dispuesto en las normas de la referencia, siendo necesario realizar la reducción de los ingresos, la modificación presupuestal habilitando a la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 "OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL", en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento; para finalmente realizar la transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo plazo no debe exceder del 30 de septiembre de 2020 (...)"; Que, a través del Informe Nº 230-2020-OPD/ UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, del Director de Planeamiento y Desarrollo, precisa que: (...) se ha procedido a realizar la rebaja de la Nota de Certificación de Crédito presupuestario Nº 443; asimismo, se ha procedido a registrar la nota de modificación presupuestal, habilitando a la actividad 5006373 PROMOCIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA por la suma de S/ 13 680.00 (trece mil seiscientos ochenta y 00/100 soles), así como también se ha realizado el registro de la nota de certificación presupuestario Nº 731. Siendo la cadena de gastos, la siguiente:
EGRESOS Sector Pliego Unidad Ejecutora Fuente de Fto. Rubro Cat. Presupuestal Producto Actividad Categoría de Gasto Tipo de Transacción Genérica de Gasto : 10 Educación : 549 Universidad Nacional de Barranca : 001374 Universidad Nacional de Barranca : 1 Recursos Ordinarios : 00 Recursos Ordinarios : 9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO : 3999999 SIN PRODUCTO : 5006269 PREVENCIÓN, CONTROL , DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DEL CORONAVIRUS : 5 Gasto de Corriente : 2 Gastos Presupuestales : 4 Donaciones y Transferencias 13 680.00 En soles

00/100 soles), en el marco del numeral 6.4, artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020; asimismo, al TITULAR DEL PLIEGO APROBAR MEDIANTE RESOLUCIÓN TRANSFERENCIA FINANCIERA, de conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1440 y el artículo 20 de la Directiva Nº 011-2019- EF/50.01-Directiva para la Ejecución Presupuestaria (...)"; Que, mediante Informe Nº 068-2020-OA/UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, el Director de Administración precisa que: "(...) en virtud del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 (...) se solicita a su despacho la aprobación de la transferencia financiera a favor del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, hasta por la suma de S/ 13 680.00 (trece mil, seiscientos ochenta y 00/100 soles), en el marco del numeral 6.4, artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 al titular del pliego aprobar mediante resolución transferencia financiera, el artículo Nº 76 del Decreto Legislativo 1440 y el artículo Nº 20 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01-Directiva para la Ejecución Presupuestaria (...); Que, por lo expuesto, resulta técnicamente factible autorizar Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Justicia, para financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 0632020; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de setiembre de 2020, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 549: Universidad Nacional de Barranca hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a para financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020; Con el visto bueno del Director de Planeamiento y Desarrollo, Jefa de la Unidad de Presupuesto, Director de Asesoría Jurídica y Director de Administración; Conforme a las disposiciones aplicables establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Barranca - Ley Nº 29553, Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 446-2018-UNAB, Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 447-2018-UNAB, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; SE RESUELVE: Artículo 1.- TRANSFERENCIA FINANCIERA Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 549: Universidad Nacional de Barranca hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a para financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020. Artículo 2.- FINANCIAMIENTO La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 549: Universidad Nacional de Barranca según el siguiente detalle:

(...) Que, con Informe Legal Nº 094-2020-OAJ/UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica formula su opinión legal señalando: "(...) se declare la APROBACION de la transferencia financiera a favor del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, hasta por la suma de S/ 13, 680.00 (trece mil seiscientos ochenta y