Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2019 (16/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 64
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NORMAS LEGALES
Miércoles 16 de octubre de 2019 /
El Peruano
modificación de denominación de despachos dispuestas en el artículo precedente. Artículo Décimo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Isidoro Jesús Prado León, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 838-2015-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2015. Artículo Décimo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Luis Alberto Pinto Saavedra, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal, con competencia nacional, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4985-2015-MP-FN, de fecha 06 de octubre de 2015. Artículo Décimo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Juan Arturo Maza Lupuche, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 357-2019-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2019. Artículo Décimo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gino Robert Quiroz Salazar, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 808-2017-MPFN, de fecha 03 de marzo de 2017. Artículo Décimo Cuarto.- Dar por concluido el destaque del abogado Walter Arnaldo Giles Paucar, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Pool de Fiscales Transitorios de Lima, para que preste apoyo en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1582-2019-MPFN, de fecha 08 de julio de 2019, debiendo retornar al Pool de Fiscales Transitorios de Lima. Artículo Décimo Quinto.- Dar por concluido el destaque del abogado Guillermo Pumarrumi Patazca, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Pool de Fiscales de Lima, para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2766-2019-MP-FN, de fecha 04 de octubre de 2019, debiendo retornar al Pool de Fiscales de Lima. Artículo Décimo Sexto.- Dar por concluido el destaque de la abogada Carmen Rosa Crisóstomo Flores, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designada en el Pool de Fiscales de Lima, para que preste apoyo en el Despacho de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1585-2019-MP-FN de fecha 08 de julio de 2019, debiendo retornar al Pool de Fiscales de Lima. Artículo Décimo Séptimo.- Dar por concluida la designación de la abogada Martha Isabel Falcón Montoro, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1738-2018-MPFN, de fecha 30 de mayo de 2018. Artículo Décimo Octavo.- Dar por concluida la designación de la abogada Ketty Garibay Mascco, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 611-2015-MP-FN, de fecha 26 de febrero de 2015. Artículo Décimo Noveno.- Dar por concluido el destaque del abogado Segundo Jorge Chavarri Marin, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Pool de Fiscales de Lima, para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2467-2019-MP-FN, de fecha 09 de septiembre de 2019, debiendo retornar al Pool de Fiscales de Lima. Artículo Vigésimo.- Dar por concluido el destaque del abogado Rubén Oswaldo Anicama Medina, Fiscal Adjunto
Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, para que preste apoyo en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4749-2018-MPFN, de fecha 31 de diciembre de 2018, debiendo retornar al Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Vigésimo Primero.- Designar al abogado Luis Alberto Pinto Saavedra, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal, con competencia nacional, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional. Artículo Vigésimo Segundo.- Designar al abogado Isidoro Jesús Prado León, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional. Artículo Vigésimo Tercero.- Designar al abogado Juan Arturo Maza Lupuche, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, en la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional. Artículo Vigésimo Cuarto.- Designar a la abogada Martha Isabel Falcón Montoro, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial. Artículo Vigésimo Quinto.- Designar al abogado Gino Robert Quiroz Salazar, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial. Artículo Vigésimo Sexto.- Designar a la abogada Ketty Garibay Mascco, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial. Artículo Vigésimo Séptimo.- Trasladar las plazas administrativas titulares existentes en la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional al nuevo despacho de la Primera y Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional de manera equitativa. Asimismo, trasladar las plazas administrativas titulares de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, entre la Primera y Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial, así como al nuevo despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial; solo por estricta necesidad de servicio puede realizarse la distribución de las citadas plazas entre despachos provinciales, superiores y la Coordinación Superior Nacional, debiendo retornar a disposición de la Oficina General de Potencial Humano, el personal administrativo del Pool Administrativo de Lima y personal asignado en calidad de apoyo, para que se disponga su reasignación a una dependencia que requiera del mismo. Artículo Vigésimo Octavo.- Disponer que la carga laboral en trámite que venía conociendo la Tercera Fiscalía Superior Penal Nacional sea reasignada al nuevo Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional y, la carga laboral en trámite, que a la fecha se encontraba a cargo de la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional sea redistribuida, en forma equitativa, entre el nuevo despacho de la Primera y Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional. Artículo Vigésimo Noveno.- Disponer que la carga laboral en trámite que venía conociendo la Cuarta Fiscalía Penal Supraprovincial, sea reasignada al nuevo Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial; y, la carga laboral en trámite que se encontraba a cargo de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial sea redistribuida, en forma equitativa, entre la Primera y Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial, así como al nuevo despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial. Artículo Trigésimo.- Encargar a la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales, realice las gestiones necesarias a fin de darse cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución, dirigiendo las reuniones con los despachos integrantes del subsistema a su cargo a fin de realizar la distribución armónica de la carga laboral y de personal administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9° y 11° de la Directiva N° 03-2005-MP-FN, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 291-2005-MPFN, de fecha 11 de febrero de 2005, debiendo emitir un informe detallado en un plazo no mayor de 7 días hábiles, en el que se precisen las acciones tomadas respecto