Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2019 (16/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de octubre de 2019 /

El Peruano

Que el numeral 10.1 del Art. 10º de la Ley 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, establece en materia de bienes y servicios, durante el Año Fiscal 2019, que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que en consecuencia, y siendo de interés para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna y por ende del País, se autoriza el viaje al exterior del MSc. Luis Antonio Espinoza Ramos como coordinador del subproyecto antes detallado y docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann - Tacna, durante el periodo del 17 al 25 de agosto de 2019, y; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Ley 27619, Ley 30372, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente el viaje al exterior en comisión de servicios del MSC. LUIS ANTONIO ESPINOZA RAMOS como coordinador del subproyecto titulado "FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES PARA LA PRODUCCIÓN DE COPEPODOS MARINOS EN LA ALIMENTACIÓN LARVARIA DE SARGO anisotremus scapularis CON FINES DE REPOBLAMIENTO REALIZADO POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN, TACNA", y docente de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna, para realizar una pasantía en Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo (CIAD), en la ciudad de Mazatlán ­ México, durante el periodo del 17 al 25 de agosto de 2019. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: - MSC. LUIS ANTONIO ESPINOZA RAMOS MONTO TOTAL S/ 3 400,00

fecha 02 de setiembre de 2019, Carta Nº66-2019-URH/ CO-UNAJ, de fecha 04 de setiembre, Opinión Legal Nº174-2019/OAJ-CO-UNAJ, de fecha 09 de setiembre de 2019, Informe Nº298-2019/DIGA-UNAJ, de fecha 11 de setiembre de 2019, y el Acuerdo Nº 550-2019-SE-CCOUNAJ de Sesión Extraordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ, de fecha 12 de setiembre de 2019 y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el Art. 18, párrafo 4to de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y las leyes. Que, según Ley Universitaria Nº 30220, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Concordante con el Art. 10 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, así mismo conforme al Art. 62, Numeral 62.2, de la Ley Universitaria Nº 30220, señala es atribución del Señor Presidente de la Comisión Organizadora Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y Financiera y las demás que le otorgue la Ley y el Estatuto de la Universidad, concordante con el Art. 25 del Estatuto Universitario. Que, la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución", aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal a) Ejercer la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, literal i) emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; literal j) Otras que, en el ámbito de su competencia, le asigne el MINEDU o aquellas que correspondan al Titular del Pliego en el marco de la normatividad vigente. Que, en fecha 26 de agosto de 2018, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano", la Resolución del Consejo Directivo Nº 097-2018-SUNEDU/CD, que resuelve en su Artículo Primero: OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional de Juliaca, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en el Jr. Manco Inca S/n, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. Que, mediante Carta Nº013-2019-HPV-EPIERUNAJ, de fecha 19 de agosto de 2019, suscrito por el Docente de la Universidad Nacional de Juliaca, Dr. Henry Pizarro Viveros, informa que fue aceptado para realizar la presentación oral del Artículo científico denominado: "Calefacción solar mediante piso radiante y radiador de agua caliente de un aula universitaria en una ciudad de los Andes del sur del Perú" en el evento científico: XIV Congreso Iberoamericano de Ingeniería Mecánica-CIBIM 2019, a realizarse en la Ciudad de Cartagena de IndiasColombia del 12 al 15 de noviembre de 2019, por lo que solicita autorización para asistir al mencionado evento y apoyo financiero. Que, en mérito al Informe Nº560-2019-OPEP/UNAJ, de fecha 02 de setiembre de 2019, el Jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de la UNAJ, Ing. Héctor Percy Pajsi Bautista, informa que la entidad cuenta con DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL a efectos de proceder con la participación en el evento científico denominado "XIV CONGRESO IBEROAMERICANO DE INGENIERIA MECANICA-CIBIM 2019" a llevarse a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias- Colombia. Afectando a la siguiente cadena funcional Programática: Función: 22 Educación. Programa: 9002 APNP. Proyecto: Mejoramiento y ampliación de los servicios del sistema Nacional de Ciencia, Tecnológica e Innovación

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ADILIO AUGUSTO PORTELLA VALVERDE Rector 1816408-1

Autorizan participación de docente de la Universidad Nacional de Juliaca en evento científico a realizarse en Colombia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 304-2019-CCO-UNAJ Juliaca, 13 de setiembre de 2019 VISTOS: La Carta Nº013-2019-HPV-EPIER-UNAJ, de fecha 19 de agosto de 2019, Informe Nº560-2019-OPEP/UNAJ, de