Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2019 (16/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de octubre de 2019 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Fernando Francisco Valenzuela Aparcana en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor MIGUEL BUENAVENTURA CHOQUE GOMEZ en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1817097-4 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0328-2019-MINAGRI Mediante Oficio Nº 1557-2019-MINAGRISG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0328-2019-MINAGRI, publicada en la edición del día 9 de octubre de 2019. En el Artículo 2: DICE: "(...) "Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Juan Quesada Chiarella, en el cargo de (...)" DEBE DECIR: "(...) "Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Juan Carlos Reynaldo Quesada Chiarella, en el cargo de (...)" 1816539-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0335-2019-MINAGRI Mediante Oficio Nº 1562-2019-MINAGRISG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0335-2019-MINAGRI, publicada en la edición del día 11 de octubre de 2019. - En el Artículo Único: DICE: "(...) "Artículo Único.- Designar al señor JORGE LUIS SAÉNZ RABANAL en el cargo de" (...)". DEBE DECIR: "(...) "Artículo Único.- Designar al señor JORGE LUIS SAENZ RABANAL en el cargo de" (...)". 1816540-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Otorgan la delegación de la función de emisión de Certificados de Origen a la Sociedad Nacional de Industrias, a fin de que pueda emitir certificados de origen a las mercancías producidas a nivel nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2019-MINCETUR Lima, 14 de octubre de 2019 Visto, el Informe Técnico Nº 005-2019-MINCETUR/ VMCE/DGFCE-DUO-LOG y el Informe Legal Nº 020-2019-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-SVV de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, los Memorándums Nos. 443 y 462-2019-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior, el Informe Nº 565-2019-MINCETUR/SG/OGPPD y el Memorándum Nº 1037-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del Visto, la Sociedad Nacional de Industrias ha solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, se le otorgue la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a las empresas exportadoras a nivel nacional; Que, la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior a través de los documentos del Visto estima viable otorgar la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Sociedad Nacional de Industrias, sustentando la emisión de la presente Resolución; Que, el numeral 5 del artículo 5 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el artículo 53-C del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, señalan que el MINCETUR a través de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certificados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así como mantener un registro de los mismos; Que, el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene la facultad de delegar dicha competencia en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a lo dispuesto en los artículos 78 y 81 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, existen razones de orden técnico, económico, social y territorial para delegar la facultad de emitir Certificados de Origen a la Sociedad Nacional de Industrias y, asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior al respecto, por lo que resulta conveniente otorgar la delegación solicitada en la entidad antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;