Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2019 (27/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 27 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta César Ricardo ARANGÜENA Delaude, CIP. 00937861, DNI. 43316617, del Teniente Primero José Luis SÁNCHEZ Malpartida, CIP. 00012464, DNI. 42415672 y del Teniente Segundo Gonzalo Hugo VERÁN Leigh, CIP. 00016858, DNI. 46850679, para que participen en una pasantía en el Instituto de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Armada de México (INIDETAM), en la Ciudad de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, del 1 de agosto al 28 de noviembre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 31 de julio y su retorno el 29 de noviembre del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Veracruz (Estados Unidos Mexicanos) - Lima
US$. 1,600.00 x 3 personas US$. 4,800.00

Artículo 6.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado personal naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 8.- El citado personal naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1792708-1

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0913-2019 DE/MGP Lima, 24 de julio de 2019 Vista, la Carta G.500-2965 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 11 de junio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta V.200-0579 de fecha 11 de marzo del 2019, el Director de Hidrografía y Navegación presenta al Jefe del Observatorio Oceanográfico de la Universidad Federal Fluminense, a la Teniente Segundo Milagros Lizbeth ALIAGA Vidal, quien ha sido propuesta para que participe en el Programa de Postgrado en Dinámica de los Océanos y la Tierra en el área de Oceanografía, nivel maestría, a realizarse en la mencionada universidad, ubicada en la Ciudad de Niterói, Estado de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 1 de agosto del 2019 al 31 de julio del 2021; Que, con Carta S/N de fecha 19 de marzo del 2019, el Jefe del Observatorio Oceanográfico de la Universidad Federal Fluminense hace de conocimiento que se ha aceptado la participación de la Teniente Segundo Milagros Lizbeth ALIAGA Vidal en el referido programa; Que, con Oficio N.1000-702 de fecha 1 de junio del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios de la Teniente Segundo Milagros Lizbeth ALIAGA Vidal, para que participe en el referido programa; lo que permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias en cuanto a monitoreo de las condiciones oceanográficas como meteorológicas y modelamiento, apoyando la investigación y otras actividades de responsabilidad útiles para el desarrollo nacional y la prevención de desastres naturales, contribuyendo a elevar su nivel profesional y por ende el desarrollo de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2019, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero del 2020 al 31 de julio del 2021, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo;

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$. 6,344.19 x 3 meses (agosto - octubre 2019) x 1 Oficial Superior US$. 6,344.19 / 30 x 28 días (noviembre 2019) x 1 Oficial Superior US$. 5,286.82 x 3 meses (agosto - octubre 2019) x 2 Oficiales Subalternos US$. 5,286.82 / 30 x 28 días (noviembre 2019) x 2 Oficiales Subalternos TOTAL A PAGAR: US$. 19,032.57 US$. 5,921.24 US$. 31,720.92 US$. 9,868.73 US$. 71,343.46

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.