Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2019 (27/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de julio de 2019 /

El Peruano

6. ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE APOYO 6.1. Gerencia General (...) 6.1.7 Oficina de Peritajes (...) (...) 6.12. Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 6.12.1. Oficina de Garantía de Calidad 6.12.2. Gerencia Administrativa 6.12.3. Oficina de Criminalística 6.12.3.1. Unidad Clínico Forense 6.12.3.2. Unidad de Tanatología Forense 6.12.3.3. Unidad de Biología Molecular y de Genética 6.12.3.4. Unidad de Toxicología y Químico Legal 6.12.4. Oficina de Operaciones 6.12.4.1. Unidad Médico Legal Artículo 30.- Gerencia General La Gerencia General es la máxima autoridad de la gestión administrativa del Ministerio Público. Tiene como función general proponer, gestionar y ejecutar la política general en materia administrativa, relacionada con los sistemas administrativos de planeamiento, presupuesto, abastecimiento, inversión, contabilidad, tesorería, bienes estatales, gestión de recursos humanos, modernización organizacional, así como también en los asuntos sobre cooperación institucional, control patrimonial y registro de bienes incautados y tecnologías de la información y comunicación. Asimismo, actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de apoyo a la administración interna. (...) Artículo 31.- Funciones de la Gerencia General Son funciones de la Gerencia General las siguientes: t. Autorizar la contratación de servicios de peritos no relacionados a pericias médico legales, según requerimiento de la Oficina de Peritajes. (...) x. Las demás funciones que le asigne el Fiscal de la Nación, de acuerdo a su ámbito funcional y las que le corresponda según los dispositivos legales vigentes. Artículo 32.- Órganos de la Gerencia General Son órganos de la Gerencia General las siguientes: (...) 6.1.7 Oficina de Peritajes (...) Artículo 52.- Oficina de Peritajes La Oficina de Peritajes es el órgano de apoyo de la Gerencia General encargada de la gestión de las labores de los peritos que emiten opinión técnica-científica la misma que coadyuva con la adecuada administración de justicia dentro del ámbito de su competencia, con excepción de aquellas relacionadas a la medicina legal. Artículo 53.- Funciones de la Oficina de Peritajes La Oficina de Peritajes tiene las siguientes funciones: a. Proponer a la Gerencia General la contratación y el desplazamiento del personal de la Oficina de Peritajes. b. Administrar una base de datos de los pagos ejecutados, según tipo de peritajes por cada Distrito Fiscal. c. Coordinar la formulación de indicadores de gestión y medición de los servicios de los peritos en coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto. d. Formular y proponer a la Gerencia General, estrategias de gestión institucional para la mejora de la Oficina de Peritajes.

e. Brindar asesoría técnica-científica a nivel nacional a las dependencias del Ministerio Público en las materias requeridas dentro del ámbito de su competencia. f. Formular el proyecto del Plan Operativo Institucional y Presupuesto Anual de la unidad, de acuerdo a los dispositivos legales correspondientes y en coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto. g. Llevar el registro de peritos para la institución, en el ámbito de su competencia. h. Establecer criterios técnicos para el desarrollo de las actividades de investigación en las materias requeridas dentro del ámbito nacional. i. Realizar peritajes de investigación en temas económicos, contables, de ingeniería, judiciales y los demás que sean pertinentes en el campo de su competencia, así como emitir informes periciales técnicos científicos en apoyo a la labor del Ministerio Público. j. Efectuar exámenes de dirimencia en materia de peritajes técnicos científicos dentro de su competencia, que fueran cuestionados, discrepantes y/o apelados, emitiendo su pronunciamiento correspondiente. k. Coordinar las funciones de los peritos en Grafotecnia, Dactiloscopía Criminalística, Balística Criminalística, Reconstrucción de Escena de Crimen, Análisis Digital Forense, Acústica, Fonética, Lingüística Forense, Antropología Física Criminalística, Contabilidad Forense, Materia Ambiental y Accidentología Vial, entre otros dentro del ámbito de su competencia. l. Proponer actividades de investigación, desarrollo e innovación en ciencias y tecnologías criminalísticas en apoyo a la función fiscal, no relacionadas a pericias médico legales, en coordinación con la Escuela del Ministerio Público. m. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de proyectos de cooperación dentro del ámbito nacional e internacional, en coordinación con la Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional. n. Las demás funciones que le asigne la Gerencia General, de acuerdo a su ámbito funcional y las que le corresponde según los dispositivos legales vigentes. Artículo 125.- Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses La Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, es el órgano ejecutivo, técnico, administrativo y normativo de las funciones y actividades médico legales y forenses, encaminado a la determinación, formulación, aprobación y ejecución de objetivos, políticas y directivas que aseguren el buen funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, según los lineamientos establecidos en las políticas del Ministerio Público. Se constituye como la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML), cuyo alcance es a nivel nacional. La Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses está a cargo de un Jefe Nacional con el nivel de Gerente General, designado por el Fiscal de la Nación. Artículo 126.- Funciones de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses Las funciones de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses están relacionadas con la labor pericial en materia médico legal, siendo las siguientes: (...) c. Realizar peritajes, investigación forense y emitir dictámenes técnico-científicos, sobre la materia de medicina legal y ciencias forenses en apoyo a la administración de justicia. d. Brindar asesoramiento técnico y científico forense a Fiscales y otras instituciones del Sistema de Administración de Justicia que lo requieran, conforme a sus competencias. (...) t. Designar la comisión de peritos encargados de la dirimencia en peritajes complejos, conforme a su competencia. (...)