Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2019 (27/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 27 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1125-2019-IN Lima, 26 de julio de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1017-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001907-2019/IN/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 06 de mayo de 2019, el Director de Investigación Criminal y Presidente Pro Tempore de la Sociedad de Investigación Criminal de América (SICAM) cursa invitación a la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú para su participación en el "III Encuentro Anual de Directores de la Sociedad de Investigación Criminal de América", a llevarse a cabo del 29 al 31 de julio de 2019, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 233-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 23 de julio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Juan Carlos Sotil Toledo, Director de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, del 28 de julio al 01 de agosto de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que participe en el evento antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú la participación del efectivo policial designado, toda vez que se conocerán e intercambiarán experiencias sobre la labor realizada por la investigación criminal policial de los diferentes países que asistirán, las que podrían servir de modelos para combatir la criminalidad organizada nacional y transnacional; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación en el mencionado evento, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos serán asumidos por la Sociedad de Investigación Criminal de América (SICAM) según lo informado en la Carta S/N de fecha 06 de mayo de 2019; respecto a los pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3269-2019-SECEJEDIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 23 de julio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)";

Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0142019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Juan Carlos Sotil Toledo, del 28 de julio al 01 de agosto de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ 929,00 X X 1 = 929,00

Pasajes aéreos

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de