Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2019 (27/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 27 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS, Los Informes N° 109-2019-MTC/12 y N° 128-2019-MTC/12.POA de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante la Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada; Que, el literal n) del artículo 9 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente, entre otras materias, para ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial; Que, según el artículo 82 de la Ley, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC, entre otros aspectos, faculta al Director General de Aeronáutica Civil a negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser ratificados por el Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, bajo el marco normativo antes citado, con los documentos de Vistos, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil informa que ha suscrito el 6 de marzo de 2019 en la ciudad de Lima el Memorando de Entendimiento entre Autoridades Aeronáuticas Civiles del Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Perú, en materia de transporte aéreo, el cual solicita sea ratificado mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 014-2019-MTC, y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratificar el "Memorando de Entendimiento entre Autoridades Aeronáuticas Civiles del Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Perú", suscrito el 6 de marzo de 2019 en la ciudad de Lima, por el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.

VISTOS:LaCartaCOLEGIODEPERIODISTASDELPERU/ DN153-2019 del Colegio de Periodistas del Perú; la Carta CONCORTV / Carta Nº 014-2019-MTC/32 del Consejo Consultivo de Radio y Televisión ­ CONCORTV; el Memorando Nº 0485-2019-MTC/26 y el Informe Nº 0236-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que el CONCORTV es un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo en su artículo 54, su composición y que la designación de sus miembros se formaliza mediante resolución del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de las entidades que lo integran; señalando que el cargo de miembro del Consejo será ejercido ad honórem; Que, el literal f) del artículo 54 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que el CONCORTV está conformado, entre otros, por un representante del Colegio de Periodistas del Perú; Que, el artículo 107 del Reglamento de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que los miembros del CONCORTV deben ser personas con idoneidad moral, destacada trayectoria y experiencia profesional no menor de diez (10) años y deberán acreditar no estar incursos en los impedimentos que establece el artículo 56 de la Ley Nº 28278; para tal efecto, deberán cumplir con ciertos requisitos, entre los cuales se exigen certificaciones, declaraciones juradas y acreditación de años de experiencia profesional; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2017 MTC/01.03, se designa al señor Max Rodolfo Obregón Rossi como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación del Colegio de Periodistas del Perú; Que, en atención a la Carta COLEGIODEPERIODISTASDELPERU/DN153-2019 del Colegio de Periodistas del Perú y la propuesta presentada con Carta CONCORTV / Carta Nº 014-2019-MTC/32 del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones mediante el Memorando Nº 0485-2019-MTC/26, eleva el Informe Nº 0236-2019-MTC/26, proponiendo al señor Ricardo Napoleón Burgos Rojas, como representante del Colegio de Periodistas del Perú ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, al haberse verificado los requisitos exigidos por la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; Que, es necesario designar al señor Ricardo Napoleón Burgos Rojas como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación del Colegio de Periodistas del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y modificatorias; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y modificatoria, y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01; SE RESUELVE:

MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1792814-1

Designan miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación del Colegio de Periodistas del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 580-2019 MTC/01.03 Lima, 25 de julio de 2019

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Max Rodolfo Obregón Rossi como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación del Colegio de Periodistas del Perú; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Ricardo Napoleón Burgos Rojas como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, en representación del Colegio de Periodistas del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1792816-1