Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2019 (27/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 27 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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.Artículo 127.- Unidades Orgánicas de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses Para el desarrollo de las funciones de la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuenta con las siguientes unidades orgánicas: 6.12.1 Oficina de Garantía de Calidad 6.12.2 Gerencia Administrativa 6.12.3 Oficina de Criminalística 6.12.4 Oficina de Operaciones SUB CAPÍTULO II. GERENCIA ADMINISTRATIVA Artículo 131.- Gerencia Administrativa La Gerencia Administrativa tiene a cargo la conducción e implementación de los sistemas de presupuesto, contabilidad, tesorería, abastecimiento y personal, así como de planificación, estadística, informática y de control patrimonial, y registro de bienes incautados, debiendo de contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre los avances y cumplimiento de las actividades y metas programadas; se sujeta a las normas y disposiciones administrativas emitidas por la Gerencia General. Artículo 132.- Funciones de la Gerencia Administrativa Son funciones de la Gerencia Administrativa de la Unidad Ejecutora 010: Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, las siguientes: a. Ejecutar resoluciones y disposiciones del Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. b. Brindar asesoramiento y absolver consultas de carácter administrativo formuladas por el Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. c. Ejecutar la política general del Ministerio Público en materia administrativa velando por su aplicación en la Unidad Ejecutora a su cargo.

d. Dirigir, programar, organizar y coordinar las actividades administrativas de la Unidad Ejecutora, con arreglo a los lineamientos de política Institucional establecidos por el Fiscal de la Nación. e. Presentar el proyecto del Presupuesto Anual de la Unidad Ejecutora, dentro de los plazos establecidos por Ley y las modificaciones al mismo, para su evaluación y consolidación oportuna ante la Oficina General de Planificación y Presupuesto. f. Contar con un acervo de normas y dispositivos complementarios a las normas generales internas, a fin de organizar la administración de la Unidad Ejecutora. g. Proponer el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP), de la Unidad Ejecutora a cargo para su correspondiente evaluación ante la Oficina General de Planificación y Presupuesto y la Oficina General de Potencial Humano. h. Formular el Plan Anual de Contrataciones, así como designar a los miembros del Comité de Selección de acuerdo a las normas legales vigentes. i. Presentar a la Oficina General de Finanzas, documentadamente y a través del Sistema de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), los Estados Financieros y Presupuestaria trimestral, semestral y la información para la Cuenta General de la República. j. Proponer inversiones, de acuerdo a su necesidad (Proyectos de Inversión Pública o Inversiones en Optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación) de la Unidad Ejecutora. k. Expedir Resoluciones Administrativas dentro del ámbito de su competencia. l. Supervisar la administración de los procesos técnicos de personal conforme a las normas vigentes. m. Supervisar la administración del registro en el SIAF-SP, de la información generada de las acciones del compromiso de devengado, girado y pagado. n. Supervisar la administración de los procesos técnicos (inventario, incineración, donación y remate) de los bienes incautados correspondientes a la Unidad Ejecutora del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.