Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2019 (21/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 21 de julio de 2019 /

El Peruano

2019, mediante Formato Nº 03, Solicitud y Propuesta de Miembros para integrar el Comité de Selección, procede el Órgano de Contrataciones, esto es, la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial con Documento Nº 006-2019-SGACYP-GAF/MVMT del Proceso de Selección "Adquisición de Víveres para el Programa de Complementación Alimentaria (PCA) de la Municipalidad de Villa María del Triunfo", Proceso de por Subasta Inversa Electrónica Nº 002-2019- CSMVMT, por un Valor Referencial de 5,728,324.53 ( Cinco Millones Setecientos Veintiocho Mil Trescientos Veinticuatro con 53/100 soles), proponer miembros titulares y suplentes del Comité de Selección y con documento Nº 001-2019-SGPS-GDEIS/MVMT, de fecha 30 de mayo del 2019, la Sub Gerencia de Programas Sociales propone a sus miembros Titulares y Suplentes al Comité de Selección; Que, con fecha 24 de Junio de 2019 mediante formato Nº 22 se produce el otorgamiento de la Buena Pro al postor ganador "Inversiones Kathymar S.A.C.", por el monto de S/2,040,000.00 (Dos Millones Cuarenta Mil y 00/100 soles); y con fecha 08 de Julio de 2019, se produce el consentimiento de la Buena Pro al postor ganador "Inversiones Kathymar S.A.C." y con fecha 10 de Julio de 2019 "Inversiones Kathymar S.A.C." envió a nuestra entidad Carta Nº 014LAPM/GG/IKMS ingresado por mesa de partes con número de Expediente Administrativo Nº 017941, mediante la cual presenta el Desistimiento a la Buena Pro otorgada en el Procedimiento de Selección Subasta Inversa Electrónica Nº 002-2019-SC/MVMT "Adquisición de Víveres para el Programa de Complementación Alimentaria PCA de la Municipalidad de Villa María del Triunfo" debido a que existió un error involuntario por parte de la empresa, errores que originaron que su último lance ofertado sea por debajo de su presupuesto asignado para cubrir los bienes materia del proceso; Que, con Carta Nº 055-2019/SGAYCP-GAF/MVMT, la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial procedió a invitar a empresa SUMAQ FISH SAC, quien quedara segunda en orden de prelación a fin de que cumpla con la entrega de documentación a fin de perfeccionar el contrato correspondiente, no obstante mediante Carta Nº 004-FLOM-GG-SFSAC DE dicha empresa pone de manifiesto su desinterés en hacerse de la buena pro del proceso en mención. Asimismo, informamos que una segunda convocatoria tendría un plazo de 08 días hábiles para su adjudicación, plazo al cual habría que añadir los tiempos de consentimiento y suscripción de contrato respectivos; Por tanto, cumplo con informar a Sub Gerencia de Programas Sociales lo acontecido a fin de que se tomen las acciones pertinentes que aseguren el abastecimiento de los bienes requeridos. Que, mediante el Memorando Nº 372-2019- SGPSGDIS/MVMT, la Sub Gerencia de Programas Sociales Además comunican en dicho documento que el postor ganador de la buena pro "Inversiones Kathymar S.A.C." envió una carta Nº 014-LAPM/GG/IKMS con numero de ingreso por mesa de partes 017941 a vuestro despacho, presentando el desistimiento a la buena pro otorgada en el Procedimiento de Selección Subasta Inversa Electrónica Nº º002-2019-SC/MVMT "Adquisición de Víveres para el Programa de Complementación Alimentaria PCA de la Municipalidad de Villa María del Triunfo"; como señalan la Sub Gerencia de Abastecimiento en el documento Memorando Nº 429-2019-SGAYCP-GAF/MVMT "Que ante los hechos suscitados nos vemos en la obligación de manifestarles como órgano encargado de las contrataciones de la entidad que al haberse producido el desistimiento de la oferta por parte del postor ganador de la buena pro, los plazos del procedimiento para la efectiva contratación de los bienes requeridos se verán dilatados y dependerán de circunstancias ajenas a la esfera de manejo de la entidad". Por lo que en atención a lo observado en el documento de la referencia, es que solicitamos la compra inmediata de los alimentos para la Adquisición de Víveres para del Programa de Complementación Alimentaria PCA; además informa que para el cumplimiento del abastecimiento del recurso a los beneficiarios del Programa de Complementación

Alimentaria ­ PCA que engloba 16,626 beneficiarios distribuidos en 198 Comedores Autogestionarios y Subsidiados, 2 Albergues y 2 Centros de Personas en Riesgo en el Distrito de Villa María del Triunfo, sugiere se realice la exoneración del Proceso de Selección por la situación de Desabastecimiento por tres meses, conforme el articulo 100 inciso C del Reglamento de la Ley Nº 30225, expresando las cantidades por adquirir mediante Contratación Directa por espacio de tres meses de Víveres para el Programa de Complementación Alimentaria / PCA lo siguiente:
ITEM 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 DESCRIPCIÓN ARROZ PILADO SUPERIOR ACEITE VEGETAL COMESTIBLE LENTEJA CALIDAD 1- EXTRA FRIJOL CANARIO CALIDAD 1- EXTRA ARVERJA PARTIDA CALIDAD 1- EXTRA PALLAR CALIDAD EXTRA AZUCAR RUBIA DOMÉSTICA ANCHOVETA ENTERA CALIDAD EN SALSA DE TOMATE HUEVO DE GALLINA CALIDAD PRIMERA QUINUA BLANCA LAVADA PRESENTACION Saco X 50, 10 Y1KG BOTELLA X 1KG SACO X 10 Y 1KG SACO X 10 Y 1KG SACO X 10 Y 1KG SACO X 10 Y 1KG SACO X 5 Y 1KG LATA X425GR JAVAS DE CARTON X12 KG SACO X 10 Y 1KG CANTIDAD 149937 11184 6712 3356 3356 3356 96 6684.8 6684.8 3356 UM KG LT KG KG KG KG KG KG KG KG

Que, mediante Informe Nº 302-2019- SGP-GPPPMI/ MVMT la Sub Gerencia de Presupuesto, indica que cuenta con la disponibilidad presupuestal por el monto de S/.630,362.85 (Seiscientos Treinta Mil Trescientos Sesenta y Dos con 85/100 soles) en la siguiente estructura programática:
PROGRAMA PRODUCTO ACTIVIDAD FUNCION DIV. FUNCIONAL GPO FUNCIONAL META FTE FTO RUBRO FTO ESP.DETALL Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos Sin Producto Transferencia de Recursos para el Programa de Complementación Alimentaria 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia 011 Transferencia e Intermediación Financiera 019 Transferencias de Carácter General 0070 0038914 Trasferencia Financiera para Programas de Complementación Alimentaria 1 Recursos Ordinarios 00 Recursos Ordinarios 3-999999 5001268 9002

Que, mediante el Informe Nº 531-2019-SGAYCPGAF/MVMT, la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial eleva su Informe Técnico, informando que el proceso de Contratación Directa se Circunscribe a la Omisión del Proceso de Selección; por lo que las actuaciones preparatorias y contratos que se celebren como consecuencia de las contrataciones directas deben cumplir con los requisitos condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidas en la Ley y el Reglamento, cabe mencionar que la unidad de Presupuesto mediante el Informe Nº 302-2019SGP-GPPPMI/MVMT que cuenta con la disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 630,362.85 ( Seiscientos Treinta Mil Trescientos Sesenta y Dos con 85/100 soles) para el Procedimiento de Selección de Contratación Directa Nº 001-2019 Adquisición de Víveres para el Programa de Complementación Alimentaria del Distrito de Villa María del Triunfo; debiendo solicitar el Informe Técnico Legal correspondiente de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, mediante el Memorando Nº 430-2019-GAF/ MVMT, la Gerencia de Administración y Finanzas considera necesario declarar el desabastecimiento del programa de Complementación Alimentaria PCA de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, por la adquisición de los víveres y visto el Informe Técnico del área usuaria y Órgano encargado de las Contrataciones solicita se requiera a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informa Técnico Legal correspondiente para la elevación de los actuados al Concejo a fin de que se apruebe una Contratación Directa