Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2019 (21/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 21 de julio de 2019 /

El Peruano

en el Centro Poblado El Milagro, Distrito de Huanchaco ­ Provincia de Trujillo"; señalando que "Existe riesgo potencial para la salud de la población ubicada en el Centro Poblado El Milagro y un Sector del Centro Poblado Alto Trujillo por la emisión de malos olores, quema de residuos sólidos, presencia de aves, roedores y vectores de importancia en salud pública.", por lo cual recomienda solicitar al Ministerio del Ambiente la declaratoria de emergencia del "Botadero El Milagro", de acuerdo a lo señalado en el literal a) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado por el Decreto Supremo N° 014- 2017-MINAM; Que, sobre la base de la información remitida por las entidades antes señaladas, así como del Informe N° 000892019-OEFA/ODES-LAL, de la Oficina Desconcentrada de La Libertad de la Oficina de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA, el cual da cuenta de los "Resultados de la supervisión regular realizada el 10 de abril de 2019 al área degradada por residuos sólidos denominada "Botadero El Milagro" a cargo de la Municipalidad Distrital de Huanchaco"; a través del Informe N° 00322-2019-MINAM/VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos concluye que corresponde declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sólidos, en lo que respecta a la operación de disposición final de residuos sólidos, en los distritos de Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche y Trujillo, de la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, al evidenciarse el potencial riesgo que representa para la salud de las personas la situación del "Botadero El Milagro"; configurándose la causal prevista en el literal a) del artículo 125 del Reglamento; Que, asimismo, el citado informe plantea, entre otros aspectos, la necesidad de que la Municipalidad Provincial de Trujillo, conjuntamente con las Municipalidades Distritales involucradas, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la declaratoria de emergencia, elabore un Plan de Acción que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identificada, así como los responsables de su ejecución; el mismo que debe incluir, como primera actividad a desarrollar, la identificación del lugar para la implementación de una celda transitoria; teniendo en cuenta, para tal efecto, lo señalado en el artículo 123 del Reglamento, el cual establece que las celdas transitorias a ser implementadas como parte de una declaratoria de emergencia deben contar con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, para lo cual las municipalidades provinciales o distritales presentarán ante la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos la información con las características para la habilitación de la celda transitoria; Que, mediante correo electrónico de fecha 19 de julio de 2019, la Municipalidad Provincial de Trujillo precisa que los distritos que disponen residuos sólidos municipales en el botadero en mención son los distritos de Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche, Laredo, Florencia de Mora y Trujillo; los mismos que deben ser comprendidos en la declaratoria de emergencia solicitada; Que, de lo antes señalado se advierte que se configura el supuesto necesario para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche, Laredo, Florencia de Mora y Trujillo, de la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por potencial riesgo para la salud de las personas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de

Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche, Laredo, Florencia de Mora y Trujillo, de la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Trujillo, conjuntamente con las municipalidades distritales involucradas, elabore un Plan de Acción que contemple, como primera actividad, la identificación del lugar para la implementación de una celda transitoria, para lo cual se deberá contar con el consentimiento de la población; así como la presentación del expediente técnico que contenga la información con las características de esta, entre otras actividades que se dispongan para atender la problemática identificada; señalando a los responsables de su ejecución. El citado Plan deberá ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contado desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que el Gobierno Regional de La Libertad y las entidades públicas del Gobierno Central correspondientes adopten las acciones complementarias para garantizar la continuidad de la operación de disposición final de residuos sólidos en los distritos de Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche, Laredo, Florencia de Mora y Trujillo, de la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Provincial de Trujillo durante el desarrollo de las actividades para la implementación de la celda transitoria, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Provincial de Trujillo y las Municipalidades Distritales de Huanchaco, El Porvenir, Salaverry, La Esperanza, Víctor Larco, Moche, Laredo y Florencia de Mora. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC Ministra del Ambiente 1790856-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a la República de Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 248-2019-MINCETUR Lima, 16 de julio de 2019 Visto, el Oficio N° 022-2019-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y