Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2019 (21/07/2019)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 52
52
NORMAS LEGALES
Domingo 21 de julio de 2019 /
El Peruano
Que, de conformidad con el Artículo 7º de la Ley Nº 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA; siendo una de ellas la Municipalidad Distrital de Pucusana. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la referida ley y otras normas de materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como el ente rector del referido sistema; Que, mediante la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, como organismo público técnico especializado con personería jurídica del derecho público técnico, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y sanción en materia ambiental; Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 73º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, atribuye competencia en materia ambiental a los gobiernos locales; Que, el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, es un instrumento técnico normativo necesario para fortalecer la coordinación entre la OEFA y las Entidades de Fiscalización Ambiental EFA, en materia de la formulación, ejecución y evaluación de sus respectivos planes, y por lo tanto, es necesario que en el año 2019 la Municipalidad Distrital de Pucusana tenga un Plan Anual de Evaluación y Fiscalización; Que, con Informe Nº 0035-2019-GGAYSP/MDP de fecha 26.02.19, la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos presenta el documento elaborado y el proyecto del Instrumento de Gestión Ambiental de obligatorio cumplimiento, para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2019, acorde al marco legal vigente y resulta relevante su aprobación, toda vez que señala objetivos primordiales que se enmarcan en las funciones asignadas a los Gobiernos Locales relativas a la Protección del Medio Ambiente Local; Que, con Informe Nº 0035-2018-GGAYSP/MDP de fecha 26.02.19, la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos de esta entidad edil, ha formulado el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización AmbientalPLANEFA 2019 de la Municipalidad Distrital de Pucusana, por lo que es necesario su aprobación, con la finalidad de que esta entidad edil, pueda desarrollar sus funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental el año 2019; Que, mediante Memorando Nº 0211-2019-GM/MDP de fecha 11.03.19 de la Gerencia Municipal señala que conforme a las normas precitadas estos actuados deben ser aprobados mediante acto resolutivo; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6 y el Artículo 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2019, de la Municipalidad Distrital de Pucusana, documento que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, la implementación; y, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto para la programación de la ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto y la Sub Gerencia de Informática de la Información y Sistemas, la implementación y difusión del PLANEFA 2019 en cuanto corresponda. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicación de la Presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley, así como en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS PASCUAL CHAUCA NAVARRO Alcalde 1790555-2
Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 171-2019/MDP Pucusana, 29 de marzo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA VISTO: El Informe Nº 0050A-2019-GGAYSP/MDP de fecha 29.03.19, de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, donde se remite el Proyecto del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2020, a fin de que sea aprobado mediante Resolución de Alcaldía. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional de la Constitución Política del Perú - Artículo 194º primer párrafo y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a través de la Ley Nº 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el cual está a cargo de Organismo de Evaluación de Fiscalización - OEFA, como ente rector y tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, en el Titulo II, Artículo 4º de la Ley Nº 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, señala que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Ministerio del Ambiente- MINAM, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA y las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local; Que, de conformidad con el Artículo 7º de la Ley Nº 29325 Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA; siendo una de ellas la Municipalidad Distrital de Pucusana. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la referida ley y otras normas de materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como el ente rector del referido sistema;