Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Internacional (OMI) en las decisiones tomadas durante el consejo; así como, conocer las metodologías adoptadas en lo relativo a las propuestas del Comité de Seguridad Marítima, el Comité Jurídico, el Comité de Protección del Medio Marino u otros órganos de la referida organización; Que, de acuerdo con el Documento Nº 120-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Ricardo Alfonso MENÉNDEZ Calle, CIP. 00804083, DNI. 43394055, del Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA Montoya, CIP. 00922122, DNI. 43844035 y del Capitán de Corbeta Miguel Antonio NAVARRO Heckathorn, CIP. 01019156, DNI. 43307739, para que participen en el 122º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la Ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 19 de julio del 2019; así como, autorizar su salida del país el 13 y su retorno el 20 de julio del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$. 2,974.26 x 3 personas US$ 8,922.78 Viáticos: US$. 540.00 x 3 personas x 5 días TOTAL A PAGAR: US$ 8,100.00 US$ 17,022.78

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1788339-1

Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a España, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0808-2019 DE/MGP Lima, 10 de julio de 2019 Vista, la Carta G.500-3070 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 19 de junio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante correos electrónicos de fecha 23 de mayo del 2019, la Secretaría Ejecutiva del Comité Interamericano contra el Terrorismo de la Organización de los Estados Americanos ha informado que el Teniente Segundo Jesús Wilfredo MARAVÍ Chávez, la Técnico 2º Pda. Miriam Veronika GARCÍA Olivera y la Técnico 2º Pda. Soledad Iris LLASHAG Huertas, han sido preseleccionados para que participen en la Cuarta Edición del evento formativo Cybersecurity Summer BootCamp 2019, a realizarse en la Universidad de León, ubicada en la Ciudad de León, Reino de España, del 16 al 27 de julio del 2019; Que, con Cartas SMS-CICTE-217/19 de fecha 3 de junio del 2019, la Secretaría Ejecutiva del Comité Interamericano contra el Terrorismo de la Organización de los Estados Americanos, hace de conocimiento al mencionado personal, que han sido seleccionados para que participen en el referido evento formativo; Que, con Oficio N.1000-764 de fecha 12 de junio del 2019, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Teniente Segundo Jesús Wilfredo MARAVÍ Chávez, de la Técnico 2º Pda. Miriam Veronika GARCÍA Olivera y de la Técnico 2º Pda. Soledad Iris LLASHAG Huertas, para que participen en la Cuarta Edición del evento formativo Cybersecurity Summer BootCamp; lo que permitirá formar y adiestrar al personal naval en las últimas técnicas para la lucha contra los ciberdelitos y la gestión de incidentes de ciberseguridad, contribuyendo de esta manera a mejorar la ciberseguridad de las naciones participantes y a nivel global; Que, conforme a lo indicado en los documentos del primer y segundo considerando, el gasto por concepto de hospedaje, será proporcionado por la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (SG/ OEA); por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 0562013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, de acuerdo con el Documento Nº 126-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.