Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Colegio Interamericano de Defensa, ubicado en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América por un periodo de dos (02) años; Que, a través del Oficio Múltiple N° 0296-2019-MINDEF/ SG del 23 de abril de 2019, la Secretaria General del Ministerio de Defensa del Perú, remite al Secretario de la Comandancia General del Ejército la relación del personal que participará en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana (Clase LIX) del Colegio Interamericano de Defensa, indicando entre otros la designación del Coronel EP Darcy GÓMEZ FERNANDEZ, como participante a dicho curso; Que, con Oficio N° 120-2019/DP-JID-OEA del 10 de marzo de 2019, el Jefe de la delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, remite al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, copia del documento mediante el cual el Director del Colegio Interamericano de Defensa, comunica a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa la relación de los Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas de nuestro país, que han sido aceptados a la Maestría acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana Clase LIX, a realizarse en el Colegio Interamericano de Defensa, entre los que se encuentra el Coronel EP Darcy GOMÉZ FERNANDEZ; Que, en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, se precisa que resulta conveniente e importante para los intereses Institucionales, autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior al Coronel EP Darcy GÓMEZ FERNANDEZ, para ocupar el cargo de Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y facultado para participar en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX-Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), por cuanto permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirá a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; logrando tener un panorama integral sobre los sistemas de gobierno, conocimiento del actual entorno internacional, la estructura y funcionamiento del sistema interamericano, además de tener la oportunidad de alternar en otro país y ampliar sus conocimientos en diferentes temas de seguridad que afectan al hemisferio y el mundo; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el referido Oficial Superior realizará el viaje al exterior en compañía de su esposa y de una (01) menor hija; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, conforme se aprecia en la Hoja de Gastos y el anexo 01: cálculo del monto de la hoja de gastos, y declaración que ningún organismo internacional cubre los gastos de viaje de la hoja de recomendación N° 067/U-4.b.1/05.00 del 25 de abril de 2019, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, el pago por pasajes aéreos internacionales, gastos de traslado de ida y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero correspondiente al periodo comprendido del 01 de julio de 2019 al 31 de diciembre de 2019, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y los pagos correspondientes a los años posteriores serán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 18 del Decreto Supremo N° 004-2009-DE-SG, que modifica al Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG y en concordancia a lo establecido en los incisos a), b) y c) del artículo 13 del Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y modificado con el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG y con el Decreto Supremo N° 001-2016-DE, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo establece que el personal nombrado en Comisión Especial al Exterior goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, así como de los conceptos previstos en el artículo 13 del Reglamento del personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG, concordante con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios en el Exterior por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante el decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias; Que, el segundo párrafo del numeral 1.4 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior, al Coronel EP Darcy GÓMEZ FERNANDEZ, identificado con CIP N° 116642500, DNI N° 43434095, para ocupar el cargo de Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y participante