Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe N° 032 -2019-CENEPRED/OPP, de fecha 24 de Junio de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública y en su numeral 3.2 Pilares Centrales de la Política de Modernización de la Gestión Pública, establece que la gestión por procesos debe implementarse paulatinamente en todas las entidades, para que brinden a los ciudadanos servicios de manera más eficiente y eficaz, y logren resultados que los beneficien. Para ello, se deberán priorizar aquellos procesos que sean más relevantes de acuerdo con la demanda ciudadana, a su Plan Estratégico Institucional y a sus competencias para luego poder organizarse en función a dichos procesos; Que, el literal b) del artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1232018-PCM, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban normas técnicas que establecen procedimientos, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las entidades públicas, así como disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculadas con el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, siendo de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2018-PCM/SGP, se aprueba la Norma Técnica N° 001-2018-SGP, Norma Técnica para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública; documento en el cual se establece en el párrafo 6.2, disposiciones para la formulación del Manual de Procedimientos - MAPRO; que es un documento de gestión institucional; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del Artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, tiene entre otras funciones el de proponer, coordinar y conducir los procesos de planeamiento, presupuesto, racionalización, proyectos de inversión pública y modernización, promoviendo el uso de técnicas modernas de simplificación; Que, de acuerdo al Informe N° 032-2019-CENEPRED/OPP, la Oficina Planeamiento y Presupuesto propone la aprobación del Mapa de Procesos, el Inventario de Procesos y el Manual de Procedimientos - MAPRO del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, con la finalidad de implementar progresivamente la gestión por procesos dentro de la entidad; por lo que resulta necesario expedir el acto resolutivo mediante el cual se apruebe los mencionados documentos de gestión; Que, estando a lo opinado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y con el visado de los responsables de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos, la Dirección de Fortalecimiento y Asistencia Técnica, la Dirección de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 0062018-PCM/SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 001-2018-SGP para la implementación de la gestión por procesos en las entidades de la administración pública; el Decreto Supremo N° 104-2012-PCM Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED; y en uso de las competencias funcionales otorgadas mediante Resolución Suprema N° 291-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Mapa de Procesos, el Inventario de Procesos y el Manual de Procedimientos MAPRO del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del CENEPRED. Regístrese, comuníquese y publíquese. WLADIMIRO GIOVANNINI Y FREIRE Jefe del CENEPRED 1787744-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad Territorial de Ayacucho del Programa Nacional Cuna Más
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 947-2019-MIDIS/PNCM Lima, 11 de julio de 2019 VISTO: El Memorándum N°1309-2019-MIDIS/PNCM/ UGTH, de fecha 09 de julio de 2019, emitido por la jefa de la Unidad de Gestión del Talento Humano; el Memorándum N° 308-2019-MIDIS/PNCM/DE, de fecha 09 de julio de 2019, emitido por la Dirección Ejecutiva; el Informe N° 1075-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, de fecha 11 de julio de 2019, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, el cual brinda sus servicios a través de dos modalidades de intervención: a) Cuidado Diurno y b) Acompañamiento a Familias, y cuyo plazo de vigencia fue ampliado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, publicada el 12 de diciembre de 2017, se resolvió aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, en el cual se determina su estructura, funciones generales, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Qué, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Social que depende jerárquica y funcionalmente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS y tiene a su cargo la decisión estratégica, conducción y supervisión de la gestión del Programa Social. se encuentra a cargo de una Directora Ejecutiva quien ejerce