Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de julio de 2019 /

El Peruano

Delegan diversas facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 542-2019 MTC/01 Lima, 12 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Nº 0086-2019-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y el Memorándum Nº 1295-2019-MTC/09 y el Informe Nº 00852019-MTC/09.05 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, estableciendo en el último párrafo de su artículo 25 que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes, pudiendo delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el numeral 6.3 del artículo 6 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y modificada por Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC, dispone que el(la) Ministro(a) puede delegar facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establecen que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, por Resolución Ministerial Nº 484-2017 MTC/01 se delegó facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre ellos, el/la Director/a de la Oficina de Personal; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones vigente, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC, y por Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01, establece una nueva estructura orgánica en la cual se elimina la Oficina de Personal y se crea la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, el artículo 30 y el literal b) del artículo 31 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobada por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y modificada por el Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC, establecen que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos es el órgano de apoyo responsable de la conducción de los procesos del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, promoviendo el bienestar y desarrollo de las personas y las relaciones laborales, así como del otorgamiento de remuneraciones, pensiones y beneficios sociales al personal, depende de la Secretaría General y tiene entre sus funciones conducir y supervisar los procesos de incorporación, administración de personal, progresión en la carrera administrativa y desarrollo de capacidades, así como la evaluación de los resultados e impacto de las

acciones de desarrollo y capacitación del personal, hasta su desvinculación, en el marco del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, por Informe Nº 0086-2019-MTC/11 del 30 de mayo de 2019, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos remite el proyecto de Resolución Ministerial, a través de la cual se delegan facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en atención a la nueva estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones vigente; Que, mediante Informe Nº 0085-2019-MTC/09.05, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que, desde el punto de vista organizacional, resulta viable delegar, en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, facultades afines a sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del sistema administrativo de gestión de recursos humanos, cuya conducción se encuentra a cargo de la citada Oficina General; Que, conforme a lo señalado en los considerandos anteriores, resulta necesario delegar determinadas facultades en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2018MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2019MTC, y por Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las siguientes facultades: a) Suscribir los convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fines del Ministerio y sus respectivas adendas, con entidades públicas y privadas, nacionales, vinculados con las funciones propias de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, distintos de los contratos derivados de los procesos de selección. b) Suscribir los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y sus respectivas adendas, y demás actos y/o documentos derivados del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias, la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales, y demás normatividad sobre la materia. c) Resolver acciones referidos al personal nombrado, salvo el personal de confianza equivalente a Director General: Ascensos, permutas, reingresos, encargos, destaques, rotación, comisión de servicios, aceptar renuncias y cesar en la carrera administrativa. Esta facultad no incluye la de efectuar nombramientos o designaciones en cargos de confianza, ni en cargos de libre designación o remoción por el Titular de la Entidad. d) Autorizar y resolver las acciones de suplencia y de desplazamiento de personal comprendidas en el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. e) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto al término de la Carrera Administrativa, reconocimiento de remuneraciones, celebrar contratos, prórrogas o renovaciones de contratos, resolver o rescindir contratos y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, según corresponda.