Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de julio de 2019 /

El Peruano

VISTOS; el Oficio GEGE Nº 040-2019, de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., los Informes N° 129-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS y N° 196-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, los Memorandos N° 422-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS y N° 695-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal privadas o mixtas; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del referido Decreto Legislativo, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto, entre otros, por un (1) representante, titular y suplente, del Gobierno Regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; Que, conforme a lo señalado en los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del citado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1357, la designación del representante del gobierno regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Consejo Regional, teniendo dicha resolución mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 008-2018-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 001-2019-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.5 del artículo 63, que el Gerente General de la empresa prestadora pública de servicios de saneamiento de accionariado municipal solicita al Gobierno Regional, remitan al MVCS el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo. Asimismo, precisa que el MVCS efectúa la revisión y evaluación correspondiente, de acuerdo a las disposiciones y los plazos que para dicho fin apruebe el Ente Rector; Que, conforme a lo dispuesto en el "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial N° 228-2018-VIVIENDA, la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS es la responsable de la implementación del Procedimiento de Designación de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; Que, mediante Memorando N° 422-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, y sustentado en el Informe N° 129-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCSDS de la Dirección de Saneamiento, informa que, luego de revisado y evaluado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad aplicable respecto de los candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Ancash y el candidato invitado del Banco de Datos de Directores para el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., este debe estar conformado por el señor Flavio Crispín Rojas Rodríguez (Director titular) y el señor Santos Felipe Llenque Tume (Director suplente); Que, el artículo 15 del "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal"; señala que para la designación del cargo de director se realiza a través de una Resolución

Ministerial, para lo cual se requiere que el candidato, bajo responsabilidad actualice la Declaración Jurada de no incurrir en ningún impedimento. Asimismo, precisa que si el candidato no presenta la documentación requerida en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde el día siguiente de solicitada la documentación, el MVCS puede requerir la documentación a los candidatos que han quedado en los puestos subsiguientes, a fin que ocupen el cargo de director titular y suplente; Que, mediante Memorando N° 695-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, con el sustento del Informe N° 196-2019-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, informa que el señor Santos Felipe Llenque Tume, no actualizó su Declaración Jurada al haber desistido de participar como candidato invitado del Banco de Datos de Directores para el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A; Que, asimismo en el precitado Informe, la Dirección de Saneamiento, informa que el señor Santos Confesor Gabriel Blas actualizó la documentación correspondiente, por lo que el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., debe estar conformado por el señor Flavio Crispín Rojas Rodríguez (Director titular) y el señor Santos Confesor Gabriel Blas (Director suplente); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1280, 7Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, y el "Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal", aprobado por Resolución Ministerial N° 228-2018-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de SEDACHIMBOTE S.A. Designar al señor Flavio Crispín Rojas Rodríguez, como Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Ancash, en el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., por los considerandos de la parte resolutiva. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de SEDACHIMBOTE S.A. Designar al señor Santos Confesor Gabriel Blas, como Director Suplente, en representación del Gobierno Regional de Ancash, en el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., por los considerandos de la parte resolutiva. Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1788231-1