Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Remueven a Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Cusco, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedacusco S.A. - EPS SEDACUSCO S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2019-VIVIENDA Lima, 12 de julio de 2019 VISTOS; el Oficio Nº 138.2019/GG.EPS.SEDACUSCO S. A., del Gerente General de la EPS SEDACUSCO S.A.; los Oficios Nº 92, 214-2019-GRCUSCO-CRC/ PCR y Nº 126-2019-GR CUSCO-CR/PCR, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco; el Memorándum Nº 685-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento ­ DGPRCS; el Informe Nº 194-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Informe Nº 566-2019-VIVIENDA/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 223-2018-VIVIENDA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de junio de 2018, se designa al señor Luis Danilo Vilca Ochoa y al señor Carlos Luna Loayza como Director Titular y Suplente, respectivamente, en representación del Gobierno Regional de Cusco, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedacusco S.A. - EPS SEDACUSCO S.A.; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 64 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, la remoción del(os) director(es) titular o suplente, representante del gobierno regional o de la sociedad civil se realiza en cualquier momento por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), de oficio o, a solicitud de las entidades o instituciones a la que este representa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 20 del "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal" aprobado por Resolución Ministerial Nº 228-2018-VIVIENDA, la remoción de los directores se debe a la pérdida de confianza, la misma que debe ser motivada y aceptada, en el presente caso, por el MVCS; Que, el artículo 55 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento dispone que la remoción, es realizada por la propia entidad que lo designó mediante el mismo acto de designación; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco por Acuerdo Nº 055-2019-CR/CRC.CUSCO remitido mediante Oficio Nº 126-2019/GR CUSCO-CR/ PCR, acordó: "ARTICULO PRIMERO.­ DESAPROBAR, el Informe presentado por el Miembro del Directorio de la EPS SEDACUSCO S.A. representante del Gobierno Regional de Cusco, propuesto por el Consejo Regional de Cusco Abog. Luis Danilo Vilca Ochoa, sobre las acciones realizadas en el cargo hasta la fecha y el Plan de Trabajo que realizará."; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco por Acuerdo Nº 059-2019-CR/CRC.CUSCO remitido mediante Oficio Nº 138.2019/GG.EPS.SEDACUSCO S.A., remitido por el Gerente General de la EPS SEDACUSCO S.A., acordó "ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la remoción del miembro del directorio representante del Gobierno Regional de Cusco, Abog. LUIS DANILO VILCA OCHOA, de conformidad con el artículo 55º del Decreto Legislativo 1280 - DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO";

Que, por Oficio Nº 126-2019-GR CUSCO-CR/PCR, el Presidente del Consejo Regional, Periodo 2019 del Gobierno Regional de Cusco, comunica que se ha desaprobado el informe presentado por el mencionado Director Titular, habiéndosele retirado la confianza, al considerar que "...no representa los intereses y objetivos del Gobierno Regional de Cusco respecto a la prestación de los Servicios de Saneamiento"; solicitando que "... se remueva del cargo de director al señor LUIS DANILO VILCA OCHOA y se emita la respectiva resolución ministerial..."; Que, asimismo, por Oficio Nº 214-2019-GR CUSCOCR/PCR, el mencionado Presidente del Consejo Regional en el marco de la función fiscalizadora que cumplen los Consejeros Regionales, solicita el cumplimiento de la voluntad del Pleno del Consejo Regional expresada en el Acuerdo Nº 059-2019-CR/CRC.CUSCO a fin que se remueva de su cargo al miembro titular del directorio representante del Gobierno Regional de Cusco de la EPS SEDACUSCO S.A., señor Luis Danilo Vilca Ochoa; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento ­ DGPRCS mediante el Memorándum Nº 685-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, sustentado en el Informe Nº 194-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, cuyo contenido hace suyo, opina que resulta viable el pedido efectuado por el Gobierno Regional de Cusco, recomendando la remoción del señor Luis Danilo Vilca Ochoa como director representante del Gobierno Regional de Cusco en el Directorio de la EPS SEDACUSCO S.A.; Que, del contenido del Acuerdo de Consejo Regional Nº 055-2019-CR/CRC.CUSCO; el Acuerdo de Consejo Regional Nº 059-2019-CR/CRC.CUSCO., y lo señalado por Presidente Consejo Regional mediante el Oficio Nº 126-2019-GR CUSCO-CR/PCR antes citados, se acredita el supuesto legal que motiva la pérdida de confianza previsto en el segundo párrafo del artículo 20 del "Procedimiento de Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Publicas de Accionariado Municipal"; Que, por los fundamentos fácticos y legales antes señalados, es necesario emitir la resolución ministerial, que disponga la remoción del señor Luis Danilo Vilca Ochoa, del cargo de Director Titular en el Directorio de la EPS SEDACUSCO S.A. por pérdida de confianza, conforme a lo requerido por Gobierno Regional de Cusco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del MVCS y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Remover al señor Luis Danilo Vilca Ochoa, del cargo de Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Cusco, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedacusco S.A. EPS SEDACUSCO S.A., conforme a lo solicitado por el Gobierno Regional de Cusco, cargo al cual fue designado mediante Resolución Ministerial Nº 223-2018-VIVIENDA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor Luis Danilo Vilca Ochoa, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República, al Gobierno Regional de Cusco y a la EPS SEDACUSCO S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento a través de la Dirección de Saneamiento, en coordinación con el Gobierno Regional de Cusco, realice las acciones necesarias para dar inicio al procedimiento de elección del Director Titular, en representación de la referida entidad, ante el Directorio de la EPS SEDACUSCO S.A. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del