Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
SE DECRETA:

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- Años 2017 y 2018 : 50% de descuento del total del monto de la multa Para personas jurídicas, propietarios de predios, que hayan ejecutado en sus viviendas, demoliciones, obra nueva, ampliaciones y/o remodelaciones, sin autorización municipal, se aplicará la siguiente gradualidad en los siguientes años: - Anterior al 31 de diciembre del 2014: 70% de descuento del total del monto de la multa - Años 2015 y 2016 : 50% de descuento del total del monto de la multa - Años 2017 y 2018 : 40% de descuento del total del monto de la multa Artículo 3º.- DEL DESESTIMIENTO A RECURSOS EN TRÁMITE COMO REQUISITO PREVIO Las deudas tributaria generadas a las que se refiere esta norma, que se encuentren reclamadas, apeladas, sujetas a revisión judicial o acción de amparo en trámite, para que el contribuyente acceda a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, deberán ser materia de desistimiento con firma legalizada ante fedatario institucional de la Corporación Municipal o del Tribunal Fiscal o Secretario de Sala, según el caso. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y hasta el 31 de julio de 2019. Segunda.- Facúltese al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de la presente ordenanza; así como a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Cuarta.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en el portal municipal http:// www.munisanmiguel.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1788096-1

Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento general de los inmuebles del Distrito de San Miguel, a partir del 15 al 31 de julio de 2019, con ocasión conmemorarse el centésimo nonagésimo octavo Aniversario de nuestra Independencia. Artículo 2º.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en las viviendas, locales comerciales, instituciones privadas y públicas, deberán estar en buen estado de conservación. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Fiscalización y Control a través de la Subgerencia de Inspecciones y Control de Sanciones, y a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Participación Vecinal su difusión. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1788094-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
Autorizan viaje de autoridades y funcionarios a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2019-SO-MDSJB EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA VISTO: En sesión ordinaria de Concejo Municipal del día 03 de julio del 2019, a convocatoria del Señor Alcalde, Economista José Martín Arévalo Pinedo, reunidos bajo su presidencia y la asistencia efectiva de los señores (as) regidores (as), Ángel Enrique López Rojas, Yuri Omar Luna Monasí, Lila Karina Lozano Rojas, Paulo Rodrigo Pérez Saldaña, Yeshenia Melissa Rodriguez Alva, Oscar Dean Morillas Silva, Guillermo Favio Álvarez Rodriguez, Sara Marlene Chong Zambrano, Karla Victoria Calderón Rodriguez, Juan Manuel Polanco Díaz y Ketty Huaymana Villacorta; y considerando como uno de los temas de Agenda: "SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR DEL PAÍS DE FUNCIONARIOS Y AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA CON MOTIVO DE ASISTIR AL XXXII FESTIVAL INTERNACIONAL DE LA CONFRATERNIDAD AMAZÓNICA 2019, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE LETICIA ­ DEPARTAMENTO DE AMAZONAS ­ REPÚBLICA DE COLOMBIA": OFICIO Nº 229-OT-GM-MDSJB, DE LA OFICINA DE TURISMO. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607 en concordia con el Artículo II del Titular Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, que establece que las Municipalidades como órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2019 /MDSM San Miguel, 4 de julio de 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTO, el memorando Nº 1012-2019/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el veintiocho de julio próximo se conmemora el centésimo nonagésimo octavo Aniversario de la Independencia del Perú; Que, es deber de los gobiernos locales, incentivar la participación cívica de los vecinos, resaltando los valores y el respeto a los símbolos patrios; Que, atendiendo a las razones antes expuestas, corresponde rendir homenaje con el embanderamiento y limpieza del Distrito de San Miguel; De conformidad a lo establecido en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;