Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2019 (13/07/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 37
El Peruano / Sábado 13 de julio de 2019
NORMAS LEGALES
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f) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal, como celebrar contratos, renovar contratos, resolver, extinguir o suspender contratos del personal del régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. g) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal obrero, como aceptar renuncias y ceses. h) Suscribir, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada vinculados con las funciones propias de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; asimismo, suscribir los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil SERVIR, que ordenen la reposición o reincorporación de servidores, según corresponda. Artículo 2.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refiere la presente Resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, debiendo el/la Director/a General informar semestralmente respecto de los resultados de la gestión a la Secretaría General, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes de culminado el semestre, para su consolidación y remisión al Despacho Ministerial. Artículo 3.- Derogar el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 484-2017 MTC/01. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1788401-2
Que, el artículo 5 citado Estatuto dispone que el CONAFOVICER, estará conformado, entre otros, por cuatro (4) representantes de los trabajadores, elegidos en Congreso de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú; Que, el artículo 7 del indicado Estatuto dispone que los integrantes del CONAFOVICER, serán nombrados por un período de tres (3) años, pudiendo ser reelegidos cuantas veces se considera conveniente; Que, mediante Carta N° 417/FTCCP-2019, la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, solicita dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 145-2018-VIVIENDA; así como, designar a sus representantes, conforme al Acta del 27 Congreso Nacional Ordinario de la referida Federación, realizado del 12 al 15 de junio de 2019; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Resolución Suprema Nº 266-77/VC-1100; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar la designación de los señores Luis Alberto Villanueva Carbajal y Hernán Chiroque Nole, como miembros del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER, en representación de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 145-2018-VIVIENDA, de fecha 19 de abril de 2018. Artículo 2.- Dar por concluida la designación de los señores Félix Juárez Namuche y Mario Roberto Huamán Rivera, como miembros del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER, en representación de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 145-2018-VIVIENDA, de fecha 19 de abril de 2018. Artículo 3.- Designar a los señores Félix Mercedes Rosales Gutiérrez y Geremias Agusto Escalante Paulino, como miembros del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER, en representación de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER, y a la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1788229-1
VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Ratifican y designan miembros del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2019-VIVIENDA Lima, 12 de julio de 2019 VISTO, la Carta N° 417/FTCCP-2019 de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 145-2018-VIVIENDA de fecha 19 de abril de 2018, se designó a los miembros del Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú CONAFOVICER, en representación de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Estatuto del CONAFOVICER, aprobado por Resolución Suprema N° 266-77/VC-1100;
Designan Directores Titular y Suplente, en representación del Gobierno Regional de Ancash, en el Directorio de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A.,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2019-VIVIENDA Lima, 12 de julio de 2019