Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de julio de 2019 /

El Peruano

3. PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR DENOMINADO PACHACÚTEC Y ASENTAMIENTOS HUMANOS COLINDANTES DEL DISTRITO QUE INCLUYE EL ESQUEMA VIAL Y ZONIFICACIÓN, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 00002 DE FECHA 04.02.2010.CUYA COPIA SE ADJUNTA. 4. PLANEAMIENTO INTEGRAL PAMPAS DE VENTANILLA. APROBADO MEDIANTE RESOLUCION DE SUBGERENCIA N°146-013/SGAM-GDU-MDV DE FECHA 11 DE MARZO DE 2013 EXPEDIDA POR LA SUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE LA GERENCIA DE DESARRROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA DEBE DECIR: Anexo 1 APROBADOS CON ORDENANZA MUNICIPAL 1. PLANEAMIENTOS INTEGRALES DEL EX FUNDO OQUENDO CALLAO SECTOR ESTE ,CERCADO DEL CALLAO, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 000057 DE FECHA 03.12.2010, EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL DISEÑO URBANO Y DE LOS MÓDULOS VIALES DEL SECTOR DENOMINADO EX FUNDO OQUENDO, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000065 DE FECHA 23.11.2008. CUYA COPIA SE ADJUNTA. 2. PLANEAMIENTO INTEGRAL AV. ELMER FAUCETT ­ AV. TOMAS VALLE. PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE LA AV. ELMER FAUCETT Y AV. TOMAS VALL APROBADO MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 023-2014 DE FECHA 5 DE DICIEMBRE DEL 2014 3. PLANEAMIENTO INTEGRAL PAMPAS DE VENTANILLA. APROBADO MEDIANTE RESOLUCION DE SUBGERENCIA N°146-013/SGAM-GDU-MDV DE FECHA 11 DE MARZO DE 2013 EXPEDIDA POR LA SUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE LA GERENCIA DE DESARRROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA 1785023-1

Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-13-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley; excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, con Informe Nº 018-2019-GATAC/MDRP la Gerencia de Administración Tributaria y Atención Ciudadana, señala que con el afán de generar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes del Distrito y en ocasión de conmemorarse el 198º Aniversario de la Independencia del Perú, se propone la aprobación de beneficios a través de la condonación de intereses moratorios de deudas tributarias y de arbitrios municipales con la finalidad de desarrollar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes del distrito, respecto al cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, así como la disminución del índice de morosidad orientada a sincerar las cuentas por cobrar de los administrados; Que, mediante Informe Nº 027-2019-GAJ/MDRP, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable, determinando la procedencia de la presente Ordenanza que otorga el Beneficio de Amnistía de Deudas Tributarias y de Arbitrios Municipales; Que, es política de la presente gestión, incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones tributarias, siendo necesario por ello otorgar facilidades a los contribuyentes, mediante un régimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA AMNISTÍA POR DEUDAS TRIBUTARIAS Y ARBITRIOS MUNICIPALES "FELICES FIESTAS PATRIAS 2019" Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza concede un régimen de beneficios tributarios en la jurisdicción del distrito de Ricardo Palma, Provincia de Huarochirí, Departamento de Lima, que comprende la condonación (amnistía) de reajustes e intereses moratorios de deudas tributarias en impuesto predial y en arbitrios municipales a favor de los contribuyentes que efectúen el pago de sus obligaciones tributarias 2019 dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ALCANCE DE LA AMNISTÍA Podrán acogerse al beneficio de Amnistía establecido en la presente Ordenanza, los contribuyentes y/o administrados que a la fecha de entrada de su vigencia mantengan deudas vencidas y/o pendientes de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, hasta el ejercicio 2018 y las cuotas vencidas del ejercicio 2019, dentro del distrito de Ricardo Palma. Artículo Tercero.- DESISTIMIENTO Constituye requisito para acogerse a los beneficios dispuestos en la presente Ordenanza, que la deuda objeto de acogimiento no se encuentre impugnada. De ser el caso, deberá presentarse el desistimiento conforme a la legislación pertinente. El acogimiento a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza representa el reconocimiento expreso de sus obligaciones; en consecuencia, no procede la interposición de reclamos futuros respecto de la deuda materia cancelada, de acuerdo a los parámetros de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán materia de devolución y/o compensación.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RICARDO PALMA
Ordenanza que otorga amnistía por deudas tributarias y arbitrios municipales "Felices Fiestas Patrias 2019"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2019/MDRP Ricardo Palma, 27 de junio de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE RICARDO PALMA HUAROCHIRÍ - LIMA VISTOS: El Informe Nº 018-2019-GATAC/MDRP de la Gerencia de Administración Tributaria y Atención Ciudadana y el Informe Nº 027-2019-GAJ/MDRP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;