Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 4 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0075-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000984 COLCABAMBA - HUARAZ - ÁNCASH CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de junio de dos mil diecinueve VISTOS el Informe Nº 001-2019-MDC/A y el Oficio Nº 0123-2019-MDC/A, recibidos con fechas 30 de mayo y 21 de junio de 2019, respectivamente, presentados por Heder Antonio Paredes Chinchay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, referentes a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia de Yubes Tain Reynalte Torres, regidor de la citada comuna. ANTECEDENTES Mediante Informe Nº 001-2019-MDC/A, recibido el 30 de mayo de 2019, Heder Antonio Paredes Chinchay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, remitió los actuados del procedimiento de vacancia seguido en contra del regidor Yubes Tain Reynalte Torres, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Se debe precisar que no adjuntó el original del comprobante de pago, correspondiente a la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado. Mediante Oficio Nº 01649-2019-SG/JNE, de fecha 3 de junio de 2019, se le requirió al alcalde de dicha comuna, para que, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, más el término de la distancia, cumpla con adjuntar, en original, el comprobante de pago de la tasa respectiva. A través del Oficio Nº 0123-2019-MDC/A, recibido con fecha 21 de junio de 2019 (fojas 32), la citada autoridad edil remite el original del comprobante de pago de la tasa solicitada (fojas 33). CONSIDERANDOS 1. El artículo 23 de la LOM establece que la vacancia en el cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Al respecto, en los procesos de convocatoria de candidato no proclamado (también denominados de acreditación), antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 3. En el presente caso, se advierte que el Concejo Distrital de Colcabamba, en Sesión Extraordinaria, de fecha 8 de abril de 2019, acordó declarar la vacancia del regidor Yubes Tain Reynalte Torres por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. 4. Cabe mencionar que, en la documentación remitida por Heder Antonio Paredes Chinchay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, se verifica que la notificación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo, del 8 de abril de 2019 (fojas 7), y la notificación

del Acuerdo de Concejo Nº 006-2019/MDC-A, adoptado en dicha sesión (fojas 10), fueron recibidas de manera personal por el regidor Yubes Tain Reynalte Torres, consignando su firma, número de DNI y la fecha de su recepción, surtiendo sus efectos legales conforme al artículo 27 numeral 27.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 5. Por otro lado, se advierte que en contra del acuerdo de vacancia antes mencionado no se interpuso medio impugnatorio alguno, tal como se aprecia en el Informe Nº 007-2019/MDC/GERR-SG, del 9 de mayo de 2019 (fojas 9), emitido por la secretaria general de la citada comuna; por lo que se colige que la autoridad vacada asumió el consentimiento de la decisión. 6. En tal sentido, habiéndose verificado la regularidad del procedimiento de vacancia, conforme a la información y documentación remitida, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Yubes Tain Reynalte Torres como regidor del Concejo Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, y convocar a Gloria Violeta Torres Cantaro, identificada con DNI Nº 46291167, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, a fin de completar el número de regidores del citado concejo municipal. 7. Esta convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Yubes Tain Reynalte Torres como regidor del Concejo Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Gloria Violeta Torres Cantaro, identificada con DNI Nº 46291167, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Colcabamba, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1785236-1

Revocan Acuerdo de Concejo y declaran improcedente sanción de suspensión impuesta a regidora del Concejo Provincial de Canchis, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN Nº 0076-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000938 CANCHIS - CUSCO SUSPENSIÓN RECURSO DE APELACIÓN