Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de julio de 2019 /

El Peruano

del proceso ordinario cuya audiencia de juzgamiento sea más lejana, de acuerdo con la agenda judicial electrónica. i) Disponer que el Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de Tacna atienda sólo los expedientes en trámite; para lo cual dicho juzgado devolverá a los juzgados de origen aquellos expedientes que inicien la etapa de ejecución o se archiven. Artículo Duodécimo.- Disponer que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ica verifique e informe al Presidente de la Comisión Nacional de Prorductividad Judicial, respecto a los motivos por los cuales el Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Parcona, Distrito Judicial de Ica, pese a tener un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de seis plazas, ha registrado un bajo nivel resolutivo y avance del 11°% en comparación al avance registrado por los juzgado de familia del Distrito de Ica, los cuales tienen un menor Cuadro para Asignación de Personal. Artículo Decimotercero.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica deberá evaluar la idoneidad del magistrado a cargo del Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Parcona, a efectos de disponer su reemplazo; así como del personal jurisdiccional a cargo, debido al bajo nivel resolutivo presentado por dicha dependencia judicial transitoria. Artículo Decimocuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana adoptará las acciones correspondientes a efecto de priorizar la contratación de personal bajo el régimen laboral CAS para apoyar en la labor jurisdiccional de los Juzgados de Familia de las Provincias de Sullana y Talara, con cargo al propio marco presupuestal asignado por la Gerencia General del Poder Judicial para dicho fin, en tanto se modifiquen los Cuadros de Asignación de Personal (CAP) de dichos juzgados. Artículo Decimoquinto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana dispondrá que el equipo multidisciplinario que apoya a los Juzgados de Familia de las Provincias de Sullana y Talara, realice itinerancia entre dichas provincias, con cargo a su propio marco presupuestal. Artículo Decimosexto.- Para la implementación de las acciones dispuestas en los artículos precedentes, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia deberán de adoptar las acciones administrativas pertinentes, a fin de evitar el quiebre de juicios en los órganos jurisdiccionales a su cargo. Artículo Decimosétimo.- Establecer como política que para las futuras redistribuciones de carga en etapa de trámite del proceso laboral de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, se considere únicamente a aquellas dependencias que resuelvan más de 55 expedientes mensuales (sin considerar improcedencias) y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. Artículo Decimoctavo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejera Responsable del Programa Presupuestal "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR0067, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Ica, Junín, Lima, Lima Sur, Sullana y Tacna; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1785255-2

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Disponen la realización de Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas para el mes de Agosto a las Cortes Superiores de Justicia de Loreto, Selva Central y Moquegua
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL JEFATURA SUPREMA RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 126-2019-J-OCMA/PJ Lima, primero de julio de dos mil diecinueve. LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL; CONSIDERANDO: Que, la OCMA es el Órgano rector de Control del Poder Judicial, ejerce la dirección de su desarrollo institucional, estando investida para ello de las facultades establecidas en su Reglamento de Organización y Funciones (ROFOCMA); Para cumplir con lo previsto en el artículo 103º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto legislativo Nº 767, concordado con el artículo 105º inciso 1) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y los literales 1) y 2) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA-, debe disponerse Visitas a los distintos Distritos Judiciales de la República, para verificar el desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares que integran los órganos Jurisdiccionales, y el cumplimiento de las normas legales y administrativas de su competencia, además de otros aspectos que puedan incidir en el servicio de justicia, conforme a lo establecido en los artículos 19º, 20º e incisos 1) y 3) del artículo 21º del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; En ese contexto, y atendiendo en parte el Informe Nº 01-2019-UV-J-OCMA emitido por la Jefatura de la Unidad de Visitas de la OCMA, debe disponerse la realización de Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas para el mes de Agosto del 2019, disponiéndose las mismas en las Cortes Superiores de Justicia señaladas en la presente resolución. Por tales razones, SE RESUELVE: Artículo Único.- DISPONER la realización de Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas para el mes de Agosto a las Cortes Superiores de Justicia de Loreto del 08 al 10; Selva Central del 15 al 17 y Moquegua del 22 al 24, conforme anexo adjunto a la presente resolución; las mismas que estarán bajo la Jefatura y Dirección del actual JEFE DE LA OCMA DEL PODER JUDICIAL, SEÑOR DOCTOR VICENTE RODOLFO WALDE JÁUREGUI, JUEZ SUPREMO TITULAR DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA con el concurso de la Unidad de Visitas de la OCMA, disponiéndose su oportuna tramitación. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE RODOLFO WALDE JÁUREGUI Juez Supremo Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial