Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, conforme a lo informado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el Tablero de Barrido Nacional de Vacunación del Repositorio Único Nacional de Información en Salud - REUNIS ­ MINSA, registra Direcciones Regionales de Salud que han logrado una cobertura superior al 95% en el Barrido Nacional de Vacunación; Que, conforme al documento del visto, la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone reconocer la labor destacada y felicitar a las regiones que han llegado a la cobertura superior al 95% en el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y Poliomielitis, por lo que solicita la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decreto Supremo N° 011- 2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar el reconocimiento público del Ministerio de Salud, a la Región Apurímac, por haber logrado una cobertura superior al 95%, en el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y Poliomielitis. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1785250-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 590-2019/MINSA Lima, 1 de julio del 2019 Visto, el Expediente N° 19-071574-002, que contiene el Informe N° 025-2019-DMUNI-DGIESP/MINSA de la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, el literal e) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es función general de los Ministerios realizar el seguimiento respecto del desempeño y los logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; Que, el literal d) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, señala que son funciones rectoras del Ministerio de Salud: realizar el seguimiento y evaluación respecto del desempeño y obtención de resultados alcanzados de las políticas, planes y programas en materia de su competencia, en los niveles nacionales, regionales y locales, así como a otros actores del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud en todo el territorio nacional y adoptar las acciones que se requieran, de acuerdo a ley; Que, mediante Resolución Ministerial N° 445-2019/ MINSA, se oficializó las actividades para Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019, a desarrollarse del 01 al

30 de junio del presente año y se aprobó el Documento Técnico: Plan del Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y la Poliomielitis Perú 2019; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2019-SA, se declaró de Interés Nacional el "Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Poliomielitis, Rubéola y Parotiditis - Perú 2019"; Que, conforme a lo informado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el Tablero de Barrido Nacional de Vacunación del Repositorio Único Nacional de Información en Salud - REUNIS ­ MINSA, registra Direcciones Regionales de Salud que han logrado una cobertura superior al 95% en el Barrido Nacional de Vacunación; Que, conforme al documento del visto, la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone reconocer la labor destacada de las regiones que han llegado a la cobertura superior al 95% en el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y Poliomielitis, por lo que solicita la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decreto Supremo N° 011- 2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar el reconocimiento público del Ministerio de Salud, a la Región Amazonas, por haber logrado una cobertura superior al 95%, en el Barrido Nacional de Vacunación contra el Sarampión, Rubéola, Parotiditis y Poliomielitis. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese y comuníquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1785250-6 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 591-2019/MINSA Lima, 1 de julio del 2019 Visto, el Expediente N° 19-071574-002, que contiene el Informe N° 025-2019-DMUNI-DGIESP/MINSA de la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, el literal e) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es función general de los Ministerios realizar el seguimiento respecto del desempeño y los logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; Que, el literal d) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, señala que son funciones rectoras del Ministerio de Salud: realizar el seguimiento y evaluación respecto del desempeño y obtención de resultados alcanzados de las políticas, planes y programas en materia de su competencia, en