Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2019 (04/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 4 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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· Una plaza de Secretario Judicial y una (1) plaza de Auxiliar Judicial para el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas. · Una plaza de Asistente Judicial para el Juzgado Civil Transitorio del Distrito de La Joya, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa. Artículo Noveno.- La Gerencia General del Poder Judicial a través su Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, dispondrá las acciones administrativas pertinentes para implementar lo dispuesto en el artículo octavo de la presente resolución administrativa. Artículo Décimo.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash, verificará e informará a la brevedad al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al elevado número de improcedencias que registran los juzgados civiles permanentes de la Provincia de Huaraz. Artículo Undécimo.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior y el magistrado del Juzgado Civil Transitorio de Camaná informarán a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre los motivos por los cuales dicho órgano jurisdiccional transitorio, teniendo un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 7 plazas, ha resuelto una menor cantidad de expedientes que el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, pese a que este órgano jurisdiccional permanente tiene un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 6 plazas. Artículo Duodécimo.- La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior y el magistrado del Juzgado Civil Transitorio de Chota informarán a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre los motivos por los cuales el Juzgado Civil Transitorio de Chota, teniendo un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de siete plazas ha resuelto una cantidad de expedientes menor al 50% de lo resuelto por el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, pese a que este también tiene un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de siete plazas. Artículo Decimotercero.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior y el magistrado a cargo del Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Barranca informarán a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, las razones por las cuales dicha dependencia judicial transitoria, pese a tener un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de nueve plazas, durante el periodo de enero a abril de 2019 ha resuelto menos expedientes que lo resuelto en promedio por el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Barranca, cuyo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) es de seis y siete plazas respectivamente Artículo Decimocuarto.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ica verificará e informará a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al elevado número de improcedencias que registra el Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente del Distrito de Parcona; y, asimismo, validará e informará respecto a la cantidad de expedientes resueltos por el Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio de Ica. Artículo Decimoquinto.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima verificará e informará a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre las causas del elevado número de improcedencias que se registran en el 1°, 2º, 3°, 4º, 5º, 6°, 7º, 9º y 10° Juzgados Constitucionales Permanentes de Lima; así como en el 1º, 2° y 3º Juzgados Constitucionales Transitorios de Lima. Artículo Decimosexto.- Reiterar a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima que verifique e informe a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de

Productividad Judicial, respecto al desempeño y elevado número de improcedencias emitidas por los Juzgados de Trabajo Permanentes que tramitan los procesos de la subespecialidad Contencioso Administrativo Previsional (PCAP). Artículo Decimosétimo.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este informará al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre el bajo nivel resolutivo presentado por el Juzgado de Familia Transitorio de Lurigancho y Chaclacayo; y, asimismo, la Presidenta de la referida Corte Superior evaluará la idoneidad del magistrado a cargo del referido órgano jurisdiccional, a efectos de disponer su reemplazo y de ser el caso también del personal jurisdiccional a cargo. Artículo Decimoctavo.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte informará a la brevedad al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al elevado número de improcedencias que registra el Juzgado Civil Permanente de Puente Piedra, el cual representa el 71% de su producción. Artículo Decimonoveno.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur informará al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre el muy bajo nivel resolutivo registrado por el Juzgado Penal Transitorio para Procesos con Reos Libres del Distrito de Villa el Salvador; y el Presidente de la citada Corte Superior evaluará la idoneidad de los jueces que conforman la Sala Penal Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo; así como del juez a cargo del Juzgado Penal Transitorio para Procesos con Reos Libres del Distrito de Villa El Salvador; y de ser el caso, dispondrá sus reemplazos así como el del respectivo personal jurisdiccional, debiendo informar al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre las acciones adoptadas. Artículo Vigésimo.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte deberá exhortar al magistrado a cargo del 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Independencia, para que iguale a la producción del 2º Juzgado de Trabajo Permanente del mismo distrito. Artículo Vigésimo Primero.La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte informará al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, sobre el bajo nivel resolutivo presentado por el 1º Juzgado de Trabajo Permanente y el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio, ambos del Distrito de Independencia. Artículo Vigésimo Segundo.- La Gerencia General de este Poder del Estado adoptará las medidas administrativas correspondientes, para centralizar los datos registrados en los hitos estadísticos del Expediente Judicial Electrónico (EJE) de Lima Norte, al Sistema Integrado Judicial Centralizado, a fin de obtener información necesaria para el monitoreo de la carga procesal y la celeridad de los procesos. Artículo Vigésimo Tercero.La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur informará a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al bajo nivel resolutivo de la Sala Penal Permanente y la Sala Penal Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo; así como sobre el elevado número de improcedencias que registra el Juzgado Civil Transitorio de Chorrillos, el cual representa aproximadamente el 51% de su producción. Artículo Vigésimo Cuarto.La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Piura informará a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto a las elevadas improcedencias registradas por 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Piura. Artículo Vigésimo Quinto.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de San Martín verificará e informará a la brevedad, al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, respecto al bajo nivel resolutivo que vienen presentando el 1° Juzgado de Paz Letrado de Tarapoto y el Juzgado de Familia Permanente de Moyobamba.