Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2015 (08/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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provinciales no han presentado lista de candidatos; por lo que para estas provincias no se realizara sorteo. b) Identificar las provincias de la circunscripcion de la ODPE, donde solo una (1) organizacion politica local provincial ha presentado lista de candidatos, por lo que a estas organizaciones politicas locales provinciales se les asignara el numero uno (1). c) Identificar las provincias de la circunscripcion de la ODPE, donde mas de una organizacion politica local provincial ha presentado lista de candidatos, por lo que por cada provincia se tiene que realizar un sorteo, teniendo en cuenta lo establecido en los literales d) hasta la k) que se detallan a continuacion d) Se ordena alfabeticamente a todas las organizaciones politicas locales provinciales, de acuerdo a su denominacion. e) Se selecciona tantos bolillos identificados con numeros impares consecutivos (empezando por el numero 1) como cantidad de organizaciones politicas locales provinciales participen. f) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ODPE. g) Se invitara a un servidor de la ODPE, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. h) El numero del primer bolillo extraido se le asignara a la organizacion politica local provincial ubicada en la primera posicion, despues del ordenamiento alfabetico. El numero del MORDAZA bolillo extraido se le asignara a la segunda; y asi sucesivamente hasta terminar de asignar los numeros impares a todas las organizaciones politicas locales provinciales. i) Simultaneamente al literal anterior, registra (en los papeles colocados en la pared o en una computadora, de haberse conseguido un proyector multimedia) los resultados obtenidos y los muestra al publico asistente. j) El Notario Publico o el Juez de Paz MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y a los resultados obtenidos. k) Los servidores de la ODPE mostraran los resultados. Articulo 7º.- Sorteo de asignacion de numeros a las organizaciones politicas locales distritales A las organizaciones politicas locales de ambito distrital se les identificara con numeros pares. El sorteo de asignacion de estos numeros se realizara de acuerdo a los pasos siguientes: a) Identificar los distritos, de la circunscripcion de la ODPE, donde las organizaciones politicas locales distritales no han presentado lista de candidatos; por lo que para estos distritos no se realizara sorteo. b) Identificar los distritos, de la circunscripcion de la ODPE, donde solo una (1) organizacion politica local distrital ha presentado lista de candidatos, por lo que a estas organizaciones politicas locales distritales se les asignara el numero dos (2). c) Identificar los distritos, de la circunscripcion de la ODPE, donde mas de una organizacion politica local distrital ha presentado lista de candidatos, por lo que por cada distrito se tiene que realizar un sorteo, teniendo en cuenta lo establecido en los literales d) hasta la k) que se detallan a continuacion. d) Se ordena alfabeticamente a todas las organizaciones politicas locales distritales, de acuerdo a su denominacion. e) Se selecciona tantos bolillos identificados con numeros pares consecutivos (empezando por el numero 2) como cantidad de organizaciones politicas locales distritales participen. f) Los bolillos seran mostrados a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ODPE. g) Se invitara a un servidor de la ODPE, para que luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. h) El numero del primer bolillo extraido se le asignara a la organizacion politica local distrital ubicada en la primera posicion, despues del ordenamiento alfabetico. El numero del MORDAZA bolillo extraido se le asignara a la segunda; y asi sucesivamente hasta terminar de asignar los numeros pares a todas las organizaciones politicas locales distritales. i) Simultaneamente al literal anterior, registra (en los papeles colocados en la pared o en una computadora,

El Peruano Miercoles 8 de MORDAZA de 2015

de haberse conseguido un proyector multimedia) los resultados obtenidos y los muestra al publico asistente. j) El Notario Publico o el Juez de Paz MORDAZA conformidad a los bolillos extraidos y a los resultados obtenidos. k) Los servidores de la ODPE mostraran los resultados. Articulo 8º.- Publicidad y elaboracion de actas de los resultados del sorteo Una vez obtenidos los resultados de los sorteos mencionados, se hacen publicos. De lo anterior se levantara el acta respectiva en cuatro ejemplares y sera suscrita por los representantes de la ODPE, del MORDAZA Electoral Especial (JEE) o MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE), del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), el Notario Publico o Juez de Paz y facultativamente por el resto de asistentes. Uno de los ejemplares se entregara al Notario Publico o Juez de Paz, otro al JEE o JNE, otro al RENIEC y el MORDAZA quedara en poder de la ODPE. Asimismo, se entregara copias del acta, con firma y sello del Jefe de la ODPE, al representante de la Defensoria del Pueblo, de ser el caso, a los personeros y a los observadores que lo soliciten. ANEXO Nº 2 DE LA RESOLUCION JEFATURAL N° 112-2015-J/ONPE INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACION DE LAS ORGANIZACIONES POLITICAS EN LA CEDULA DE SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015 Articulo 1º.- Etapas del sorteo El sorteo de ubicacion de las organizaciones politicas en la cedula de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2015 se realizara en las siguientes tres etapas: a) Sorteo de partidos politicos. b) Sorteo de movimientos. c) Sorteo de organizaciones politicas locales. Este sorteo, a su vez, se realizara en dos momentos: el sorteo de las organizaciones politicas locales provinciales, y el sorteo de las organizaciones politicas locales distritales. En el caso que no se hayan inscrito ninguna organizacion politica de ambito nacional, regional-departamental o local no se realizara el sorteo respectivo. Articulo 2º.- Sedes y responsables del sorteo Los sorteos mencionados en el articulo anterior se realizaran en las siguientes sedes: a) El sorteo de partidos politicos se realizara en la sede central de la ONPE, estara a cargo de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas. b) El sorteo de movimientos y de organizaciones politicas locales se realizara en las sedes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales ­ ODPE, conforme a sus respectivas circunscripciones y estara a cargo del Jefe de la ODPE correspondiente. Articulo 3º.- Actividades preparatorias Previamente al sorteo, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas de la ONPE y las ODPE, segun corresponda, confirmaran la presencia de un Notario Publico o Juez de Paz, y, de ser el caso, la concurrencia de representantes de los organismos electorales, de la Defensoria del Pueblo, de los observadores y de los personeros de las organizaciones politicas. Articulo 4°.- Organizaciones politicas locales consideradas en el sorteo Seran consideradas en el sorteo de ubicacion todas las organizaciones politicas con inscripcion vigente y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Municipales Complementarias 2015. Las organizaciones politicas que, por cualquier circunstancia, no logren la inscripcion de su lista de candidatos, no seran consideradas en la cedula de sufragio, sin que esta situacion afecte el resultado del referido sorteo. Articulo 5°.- Retiro o desistimiento de organizacion politica En el caso que alguna organizacion politica no logre su inscripcion de candidatos se retire o desista de