Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2015 (08/04/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Miercoles 8 de MORDAZA de 2015

550203
MORDAZA del Peru ­ IMARPE, con eficacia anticipada al 06 de marzo de 2015. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administracion a traves del Area Funcional de Recursos Humanos efectue los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. MORDAZA SAMANAMUD Directora Direccion Ejecutiva Cientifica 1220924-1

CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, establece en su Articulo 24º que la Oficina General de Administracion es el organo responsable de programar, conducir y controlar los sistemas administrativos de tesoreria, contabilidad, abastecimiento, gestion de recursos humanos y las actividades vinculadas a informatica, tramite documentario y archivo central del IMARPE; Que, mediante Acuerdo 094-2014-CD/O el Consejo Directivo del IMARPE en su Decima Sesion Ordinaria, celebrada el 27 de octubre de 2014, aprobo la designacion del Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina General de Administracion, procediendose a la emision y publicacion de la Resolucion Directoral DEC Nº 290-2014 del 31 de octubre de 2014; Que, mediante Carta S/Nº del 24 de febrero de 2015, el Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, puso el cargo de Jefe de la Oficina General de Administracion, a disposicion de la Direccion Ejecutiva Cientifica; procediendose a encargar temporalmente, desde el 06 de marzo de 2015 las funciones propias de la citada Oficina General a la Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto el Consejo Directivo designara al titular; Que, los actos administrativos pueden tener eficacia anticipada a la fecha de su emision, solo si fueran mas favorables al administrado, no lesionen derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopcion, de conformidad con lo establecido en el Articulo 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, la Directora Ejecutiva Cientifica, conforme lo dispone el Articulo 14º del Reglamento de Organizacion y Funciones, es la funcionaria de mayor jerarquia de la institucion, responsable de la ejecucion de los objetivos y politicas del IMARPE, constituyendo la Titular de la entidad; Que, mediante Informe Nº DEC-PCD-017-2015 del 27 de marzo de 2015, la Directora Ejecutiva Cientifica haciendo uso de las facultades establecidas en el Articulo 14º e inciso w) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del IMARPE, propone para su designacion, la nomina de funcionarios para someterse a aprobacion del Consejo Directivo entre otras, en la Oficina General de Administracion de la institucion y dar por concluida la designacion del Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza MORDAZA mencionado; Que, mediante Acuerdo Nº 018-2015-CD/O adoptado en la Tercera Sesion Ordinaria de fecha 30 de marzo de 2015 el Consejo Directivo del IMARPE, acordo dar por concluida la designacion del Economista MORDAZA ALEJANDO MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina General de Administracion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE y designar a la Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina General de Administracion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, con eficacia anticipada al 06 de marzo de 2015 y se dispuso la emision de la respectiva resolucion directoral; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y la Resolucion Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE Reglamento de Organizacion y Funciones del IMARPE; Con la visacion de la Secretaria General, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del Economista MORDAZA ALEJANDO MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina General de Administracion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina General de Administracion del Instituto

Otorgan a favor de Conservas MORDAZA Ecuatoriana S.A. permiso de pesca para operar embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana denominada San MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2015-PRODUCE/DGCHD MORDAZA, 7 de enero de 2015 VISTO: El escrito con registro Nº 00095475-2014 y adjunto 1, de fechas 05 y 11 de diciembre de 2014, respectivamente; presentados por la empresa extranjera CONSERVAS MORDAZA ECUATORIANA S.A., con domicilio legal en el Peru en la Av. Republica de Panama Nº 134, provincia Constitucional del Callao, mediante el cual solicita permiso de pesca para la extraccion del recurso Atun y especies afines; asi como los informes Nº 2427-2014-PRODUCE/ DGCHD-Depchd y Nº 001-2015-PRODUCE/DGCHDDepchd, y; CONSIDERANDO: Que, mediante los escritos de registros Nº 000954752014 y 00095475-2014-1 de fechas 05 y 11 de diciembre de 2014, la senora MORDAZA MORDAZA Mas Toral, de nacionalidad peruana, identificada con DNI Nº 25568829, en representacion de la empresa CONSERVAS MORDAZA ECUATORIANA S.A., solicita se le otorgue permiso de pesca para la extraccion del recurso Atun y especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanas, para operar la embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana denominada "SAN ANDRES" de matricula P-04-00596, por el periodo de tres (3) meses contados a partir del 20 de enero de 2015; Que, el numeral 2 del inciso c) del articulo 43º de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977, establece que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, los articulos 44º y 45º de la citada Ley establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el articulo 47º de la acotada MORDAZA dispone que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, solo podran efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que, de conformidad con los literales c) y d) del articulo 48º de la citada Ley, la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la pesca de recursos de oportunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesqueria, mediante el pago de derechos por permiso de pesca y en virtud de acuerdos pesqueros celebrados por el Peru con