Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2015 (08/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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e) Se difunda a traves de altoparlantes desde el espacio aereo. f) Invoque temas religiosos de cualquier credo. 2. Limitaciones para la propaganda el dia de las elecciones a) La propaganda electoral esta prohibida durante la jornada electoral, debiendo retirarse toda aquella que este ubicada en un radio de cien (100) metros alrededor de los locales de votacion. b) Durante el mismo periodo senalado en el numeral anterior, queda prohibido el uso de vestimentas, banderas, carteles, logos, lemas o cualquier otro MORDAZA de implemento que contenga propaganda electoral. 3. Limitaciones de la propaganda respecto del Patrimonio Cultural de la Nacion Al momento de la difusion de la propaganda electoral, los candidatos y simpatizantes tienen la obligacion de respetar la integridad de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como garantizar su conservacion, conforme a lo establecido en las leyes de la materia. Las infracciones a esta prohibicion seran puestas en conocimiento del Instituto Nacional de Cultura y del Ministerio Publico, para que procedan de acuerdo a sus atribuciones, y sin perjuicio de la actuacion de los organos jurisdiccionales electorales conforme al MORDAZA legal vigente. Articulo Segundo.- DISPONER que, de tomarse conocimiento a traves de una denuncia de parte o por informe de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, evalue los hechos y remita los actuados al colegio profesional respectivo, para la imposicion de la sancion que corresponda. Articulo Tercero.- EXHORTAR a la Oficina de Procesos Electorales a fin de que, en el MORDAZA de sus competencias, adopte las medidas para el aseguramiento del orden publico en los locales de votacion, en lo que respecta a las limitaciones a la propaganda electoral en las elecciones de consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1220986-1

El Peruano Miercoles 8 de MORDAZA de 2015

Que, mediante Acuerdo N° 3775 adoptado en Sesion Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 26 de marzo de 2015, se acepto por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 17 de marzo de 2015, la renuncia formulada por el doctor RURIK JURQI MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial en lo Penal Titular de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion. Articulo Segundo.- Remitir la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1221370-1 RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 029-2015-MP-FN-JFS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular (Corporativa) de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, con efectividad al 16 de marzo de 2015; Que, mediante Acuerdo N° 3776 adoptado en Sesion Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 26 de marzo de 2015, se acepto por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado Fiscal; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Organica del Ministerio Publico y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 16 de marzo de 2015, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Penal Titular (Corporativa) de MORDAZA del Distrito Judicial de Piura. Articulo Segundo.- Remitir la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, a la Gerencia Central de Potencial Humano, a la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1221370-2 RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 030-2015-MP-FN-JFS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2015

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias, dan por concluidas designaciones y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 028-2015-MP-FN-JFS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: La solicitud presentada por el doctor RURIK JURQI MORDAZA MORDAZA, mediante la cual formula renuncia al cargo de Fiscal Adjunto Provincial en lo Penal Titular de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, con efectividad al 17 de marzo de 2015;