Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2015 (08/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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El Peruano Miercoles 8 de MORDAZA de 2015

PRODUCE
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Comite de Direccion del Fondo MIPYME
RESOLUCION MINISTERIAL N° 096-2015-PRODUCE MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Memorando N° 759-2015-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 007-2015-PRODUCE/DVMYPEI/DIGEDEPRO de la Direccion General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 001-2015-PRODUCE/OGAJkcarcamo de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29271 establece que el Ministerio de la Produccion es el Sector competente en materia de promocion y fomento de cooperativas, y le transfiriere las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa; Que, el articulo 30 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificacion de procedimientos y permisos para la promocion y dinamizacion de la inversion en el MORDAZA, creo el Fondo MIPYME con la finalidad de financiar fondos de garantia o afianzamiento para empresas del sistema financiero o del MORDAZA de valores; asi como para incrementar la productividad de las micro, pequenas y medianas empresas MIPYME, a traves de instrumentos para la difusion tecnologica, innovacion empresarial y mejora de la gestion y encadenamientos productivos, y acceso a mercados; Que, la Septuagesima Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ejercicio Fiscal 2015, amplio el objetivo del financiamiento a que se refiere el articulo 30 de la Ley N° 30230, para participar en el financiamiento de fondos orientados a la adquisicion de facturas conformadas y negociables emitidas por las MIPYME a traves de empresas del sistema financiero o del MORDAZA de valores, para mejorar su acceso al financiamiento en condiciones competitivas; Que, el articulo 5 del Reglamento del Fondo MIPYME, aprobado por Decreto Supremo N° 060-2015-EF, creo el Grupo de Trabajo denominado Comite de Direccion del Fondo MIPYME, el cual esta a cargo de promover y asegurar el cumplimiento de las politicas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo, para lo cual ejerce las funciones de direccion, supervision y evaluacion de los instrumentos financieros y no financieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME en el pais; Que, el citado articulo 5 dispone que el Comite de Direccion del Fondo MIPYME esta compuesto por cinco (5) miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de la Produccion, quien lo presidira. Asimismo, establece que los miembros del Comite de Direccion son designados por Resolucion del Titular del Sector correspondiente, pudiendo ser funcionarios o servidores publicos o profesionales del ambito privado que los representen; Que, por lo expuesto corresponde emitir el acto de administracion por el cual se designa a quienes se desempenaran como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Produccion ante el Comite de Direccion del Fondo MIPYME; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Direccion General de Desarrollo Productivo y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; el Decreto Supremo N° 060-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion,

aprobado por Resolucion Ministerial N° 343-2012PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion, como representante titular del Ministerio de la Produccion ante el Comite de Direccion del Fondo MIPYME, quien lo presidira. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion, como representante alterno del Ministerio de la Produccion ante el Comite de Direccion del Fondo MIPYME. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1220961-1

Establecen Limite MORDAZA Total de Captura Permisible de la Primera Temporada de Pesca 2015 de la MORDAZA Norte - Centro del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA para consumo humano indirecto
RESOLUCION MINISTERIAL N° 098-2015-PRODUCE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2015 VISTOS:El Oficio N° DEC-100-102-2015-PRODUCE/IMP yOficio N° DEC-100-103-2015-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE; el Informe Nº 136-2015-PRODUCE/ DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero;el Informe Nº 067-2015-PRODUCE/OGAJ-cmoulet de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, senala que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9 de la citada Ley General de Pesca establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta (Engraulisringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) destinada al consumo humano indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia, promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y sus modificatorias, en su articulo 3, dispone que el Ministerio de la Produccion, en funcion de los informes cientificos que emita el IMARPE, en concordancia con la