Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2014 (28/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014

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predios registralmente calificados como rusticos. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion a los propietarios registrales, asi como tambien a los beneficiarios y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo II, con zonificacion: RDM ­ esidencial de Densidad Media, de acuerdo a lo aprobado por Ordenanza Nº 1076-MML, publicada el 08.10.2007; se ubica en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, sector priorizado en el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 388-MSS que indica (...) Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de MORDAZA (...); Que, de acuerdo a los antecedentes registrales el terreno a habilitar de oficio se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 44685558, con uso MORDAZA, ademas senala que cuenta con una extension superficial de 3,493.42m2; con los siguientes linderos: Por el norte: Colinda con el Jr. Crnl. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el P.J. Los Vinedos de MORDAZA, con una linea quebrada en cinco tramos de 11.18, 10.55, 16.90, 14.24, 15.85 ml. de longitud. Por el sur: Colinda con el Jr. MORDAZA MORDAZA Echaiz, en una linea recta de dos tramos de 25.07, 64.29 ml. de longitud. Por el este: Colinda con el P.J. Los Vinedos de MORDAZA, con una linea quebrada en dos tramos de 24.70, 43.60 ml. de longitud. Por el oeste: Colinda con el Jr. Crnl. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en una linea recta de 39.44 ml. de longitud. La titularidad le corresponde a la Asociacion de Vivienda El MORDAZA y a la Asociacion de Comerciantes MORDAZA El Pino; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, el Informe Nº 562-2014-GAJ-MSS del 24.07.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que la propuesta de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la mencionada MORDAZA, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que asi lo declare; Estando al Informe Nº 197-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al Informe Nº 041-2014SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, al Informe Nº 562-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y al MORDAZA de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898; del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º y 43º numeral 6, de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la HABILITACION MORDAZA DE OFICIO de la Urbanizacion El MORDAZA, ubicada en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 44685558, con un area real de 3,493.42 m2, cuyos propietarios registrales son la Asociacion de Vivienda El MORDAZA y la Asociacion de Comerciantes MORDAZA El Pino.

a la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134º de la Ordenanza Nº 483MSS, que Aprueba la Modificacion de la Ordenanza Nº 439MSS - Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.), la Estructura Organica y el Organigrama Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - establece que "Las municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el ambito del Cercado, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento administrativo que por sus particularidades es excepcional y resulta procedente ante la verificacion por parte de la Autoridad Municipal de tres supuestos; que el predio se encuentre registralmente calificado como rustico; que este ubicado en zonas urbanas consolidadas y; que cuente con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro (hoy Subgerencia de Habilitacion y Renovacion Urbana) de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 197-2014-GDU-MSS del 23.07.2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno MORDAZA denominado Fundo El Salitre Sector C, ubicado en el Sector 2 del distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-0063-2014-SGHRU-GDU-MSS; PP-064-2014SGHRU-GDU-MSS; PTL-065-2014-SGHRU-GDU-MSS; PA-066-2014-SGHRU-GDU-MSS; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, fundamenta su propuesta en el Informe Nº 041-2014-SGHRU-GDUMSS del 22.07.2014, de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, que contiene el Informe Tecnico Nº 010-2014-ACS, del 14.07.2014, el cual indica que la MORDAZA a habilitar de oficio, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, y se ubica inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida de acuerdo a los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentra dotada de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el Articulo 24º de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, MORDAZA legal que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los