Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2014 (28/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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para el MORDAZA electoral en los que participan. Para tal efecto, las Asociaciones de MYPE electoras deberan presentar ante el Comite Electoral, una Solicitud de Inscripcion de Candidaturas, conforme al Anexo III si se encuentra inscrita en el RENAMYPE, o el Anexo IV si no se encuentra inscrita en el RENAMYPE. Los candidatos titular y suplente de la Asociacion de MYPE que se consignen en la Solicitud de Inscripcion de Candidaturas, deberan cumplir los siguientes requisitos: a) Ser socio, persona natural o persona juridica de una Asociacion de MYPE vinculada con el sector productivo del bien a adquirir por el Nucleo Ejecutor. Si el socio es persona juridica, el candidato sera su representante legal; quien debera presentar su Vigencia de Poder, con una antiguedad no menor de dos (2) meses. b) Tener RUC, en condicion de contribuyente activo y MORDAZA, y con la actividad economica vinculada al bien a adquirir. Asimismo, las Asociaciones de MYPE electoras, deberan tener en cuenta los siguientes impedimentos y disposiciones: a) Los candidatos no deberan tener antecedentes penales, antecedentes judiciales, ni denuncias por falsificacion de documentos, estafas, fraude en la administracion de personas juridicas u otros delitos contra la fe publica y/o el patrimonio. b) No podran participar como candidatos en este MORDAZA electoral, los representantes de los gremios de las MYPE en nucleos ejecutores de compra, que fueron designados en anterior oportunidad, y/o se encuentren en ejercicio de dicho cargo. c) No se permitira la participacion del mismo candidato representando a dos o mas Asociaciones de MYPE. d) La Ficha de inscripcion presentada vencido el plazo, no sera incorporada al MORDAZA de elecciones. La MORDAZA de candidatos no es obligatoria y no limita a los representantes de la Asociacion de MYPE a participar en la votacion. El Comite Electoral de acuerdo a las atribuciones fijadas en los incisos e) y g) del numeral 5.2.1, resolvera la no inclusion en la Lista Provisional de Candidatos, de aquellos candidatos que no cumplan con los requisitos solicitados, que sera publicada conforme al Cronograma Electoral. Los candidatos de las Asociaciones de MYPE que postulan, solo pueden participar en la eleccion de los representantes del gremio de las MYPE ante los Nucleos Ejecutores de Compra, de acuerdo a los sectores productivos materia de convocatoria. 5.8 DE LAS TACHAS Los candidatos de las Asociaciones de MYPE que se encuentren incluidos en la Lista Provisional de Candidatos, estaran sujetos a un periodo de tachas. Las tachas se tramitan como se indica: a) Las tachas deben presentarse ante el Comite Electoral por escrito, debidamente fundamentadas, aportando los medios probatorios pertinentes, adjuntando el formato del Anexo V del presente documento y dentro del plazo establecido en el cronograma de elecciones. b) Las tachas solo se interponen contra los candidatos de las asociaciones de MYPE y pueden ser presentadas por cualquier asociacion de MYPE que figure en el Padron de Electores del MORDAZA Electoral donde postula el candidato tachado. c) El plazo establecido para la MORDAZA de tachas es improrrogable. d) Admitida la tacha, el Comite Electoral notificara a la Asociacion de MYPE que presento el candidato, a traves de su Presidente, para que en el plazo establecido, efectue el descargo correspondiente presentando el Anexo VI y los respectivos documentos de sustento, de ser el caso. e) El Comite Electoral resolvera en instancia unica la tacha formulada, notificando a las partes su resolucion, la cual es inimpugnable. f) Si es declarada fundada la tacha, la asociacion y su candidato no seran inscritos en la Lista Definitiva de Candidatos.

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014

5.9 LISTA DEFINITIVA DE CANDIDATOS Resueltas las tachas, el Comite Electoral publicara en la pagina web del Ministerio de la Produccion la Lista Definitiva de Candidatos que han quedado habilitados para participar en la eleccion. La Lista Definitiva de Candidatos debera indicar los nombres y apellidos completos y DNI de los candidatos aptos, asi como la denominacion de su Asociacion de MYPE, el sector productivo en el que participa y al que se encuentran vinculados los bienes a adquirir a traves de los Nucleos Ejecutores de Compra, y el numero asignado por sorteo para la eleccion. 5.10 DE LA ELECCION Las Asociaciones de MYPE del Padron Electoral eligen a sus representantes en el acto electoral que se llevara a cabo en la fecha y horarios establecidos en la convocatoria. La eleccion se podra realizar en la modalidad presencial o virtual, lo cual sera precisado en la convocatoria. El Ministerio de la Produccion, brindara el soporte logistico que sea necesario. Solo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, el Comite Electoral podra senalar una fecha distinta a la de la convocatoria, debiendo comunicar dicho cambio a traves de la pagina web del Ministerio de la Produccion. Se desarrollara un MORDAZA de eleccion por cada sector productivo materia de convocatoria, y al cual se encuentran vinculados los bienes a adquirir a traves de los Nucleos Ejecutores de Compra. Asimismo, cada Asociacion de MYPE electora, ejerce su derecho al MORDAZA a traves de su Presidente. La Direccion General de Desarrollo Productivo requerira la asistencia tecnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento del MORDAZA electoral. 5.11 DESARROLLO DE LA ELECCION Modalidad Presencial 5.11.1 De la Instalacion de la Mesa de Votacion a) La mesa de votacion se instalara en el dia y lugar establecidos en el cronograma de elecciones. Son miembros de la mesa de votacion los miembros del Comite Electoral con los mismos cargos. b) El Presidente y Secretario de la Mesa de Votacion tendran la responsabilidad de realizar el conteo de las cedulas de votacion. c) La mesa de votacion levantara la correspondiente Acta de Instalacion, en dos (2) ejemplares, el cual debera contener la informacion siguiente: a) Fecha, hora y lugar de instalacion de la mesa de votacion y b) Observaciones o incidentes que pudieran presentarse. d) El Acta de Instalacion sera firmada por los miembros de la mesa de votacion. 5.11.2 Del Sufragio a) Para ejercer el MORDAZA, cada elector se identificara con su documento de identidad ante la Mesa de Votacion, la que debera verificar su identificacion en el Padron de Electores. b) Verificada la identificacion, se procedera a entregar a cada elector la cedula de sufragio, con la finalidad de mantener la reserva del voto. c) El elector emitira su MORDAZA en forma directa y confidencial en la Camara Secreta, acondicionada para tal fin. d) A su retorno a la mesa de sufragio, el elector depositara la cedula en el anfora, firmara el Padron de Electores y colocara en dicho registro su huella digital. El acto de sufragio concluira con la devolucion del documento de identidad del lector. 5.11.3 Del Cierre de la Votacion a) Cumplida la hora establecida para el termino del acto de sufragio, el Presidente de Mesa de Votacion, solo permitira el ejercicio de su MORDAZA de aquellos electores que se encuentren en la fila a la hora de cierre.