Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2014 (28/08/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014

531171
Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dando cumplimiento a la Ordenanza MORDAZA citada, con fecha 27 de agosto de 2011, publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS "Nuevo Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana"; Que, dentro de este contexto la Subgerencia de Licencias de Edificacion y Control MORDAZA mediante Informe Nº 242-2014-SGLECU-GDU-MSS de fecha 02.06.2014 teniendo como sustento los Informes Tecnicos y Legales Nº 120-14-MHR y Nº 06-AHF-2014 de fecha 02.06.14 respectivamente, comunica que con la finalidad de preservar la existencia de especies arboreas y todo aquello que constituya areas verdes existentes en la via publica, que puedan verse afectados para la ejecucion de los accesos peatonales y vehiculares en proyectos de edificacion, es preciso comprenderlo en las disposiciones que regulan los parametros edificatorios de Retiros, establecidos en el articulo 9º del Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS; Que, en tal sentido, los accesos peatonales y vehiculares que se contemplen en un proyecto de edificacion deberan respetar las especies arboreas y todo aquello que constituya areas verdes existentes en la via publica; y en caso de ser necesario, el administrado bajo su costo y responsabilidad, podra solicitar la reubicacion de estos elementos o proponer un plan de reposicion cuya autorizacion, previa evaluacion y tramite correspondiente, debe ser otorgada por la autoridad competente; por lo que, debe incorporarse dicha regulacion en el articulo 9º del mencionado Decreto de Alcaldia; Que, la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA a traves del Informe Nº 020-2014-SGHRU-

Nº 27680, las municipalidades son competentes para; Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 74º de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, asimismo el articulo 42 de la Ley Nº 27972 establece que mediante Decreto de Alcaldia se reglamentan entre otros asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 912-MML, aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de Usos del Suelo de un Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; disponiendo en el articulo 8º que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamano Minimo de Departamentos y Otros para su aplicacion en la jurisdiccion distrital;

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION