Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2013 (04/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2013

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Extraordinaria de fecha 26 de Marzo del 2013, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece en su Articulo 191º que "los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "la estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como organo ejecutivo, y el Consejo de Coordinacion Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como organo consultivo y de coordinacion con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les senala la ley"; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en este orden de ideas senala tambien en su Articulo 18º, numeral 18.2 que "los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional", precisando su Articulo 20º, numerales 20.1 y 20.2, que "los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados"; asi tambien, que "los presupuestos de inversion se elaboran y ejecutan en funcion a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetandose a las normas tecnicas del Sistema Nacional de Inversion Publica"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, a traves de su modificatoria dispuesta por Ley Nº 27902, procedio a regular la participacion de los alcaldes provinciales y la sociedad civil en los gobiernos regionales, asi como a fortalecer el MORDAZA de descentralizacion y regionalizacion, estableciendo en su Articulo 11º-B, incorporado por la MORDAZA modificatoria indicada que, "los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertando entre si, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; y, b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado"; Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 15º, incisos b. y c., preve como atribucion del Consejo Regional "aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional" y, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal"; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificada por Ley Nº 29298, en su Articulo 1º define el MORDAZA del Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil". En este sentido, su Articulo 4º establecio las instancias de participacion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto como son el Consejo de Coordinacion Regional, el Consejo de Coordinacion Local Provincial y el Consejo de Coordinacion Local Distrital, prescribiendose la mecanica de esta participacion respecto a los consejos de coordinacion regionales y locales, estipulando su Articulo 5º que "la sociedad civil forma parte activa en el MORDAZA de programacion participativa de los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales con enfasis en los gastos de inversion, de acuerdo a las Directivas y Lineamientos que para estos fines emitira la Direccion

Nacional de Presupuesto Publico y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprobo el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, conforme a cuyo Articulo 3º quedaron establecidos los objetivos del Presupuesto Participativo, pergenando su Articulo 7º lo concerniente al desarrollo de los talleres de trabajo; Que, este mismo Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, perfilo en su Articulo 5º el procedimiento para la convocatoria a participar y a registrarse de los Agentes Participantes definidos por el inciso d) de su Articulo 1º, senalando que "el Gobierno Regional o Local, mediante Ordenanza dispondra las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de Agentes Participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil. Para estos efectos, el Gobierno Regional o Gobierno Local establecera mecanismos de registro complementarios a los ya existentes"; agregando que, "con el proposito de lograr una amplia participacion y representatividad de la sociedad civil, organizada y no organizada, el Gobierno Regional o Local, difundira por los medios adecuados el inicio del MORDAZA de identificacion de Agentes Participantes en el MORDAZA del MORDAZA del presupuesto participativo". Que, en sesion de fecha 19 de marzo del presente ano, el Consejo de Coordinacion Regional ­ CCR de manera concertada emitio opinion en cuanto a la propuesta de Reglamento del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2014, conforme se verifica del acta correspondiente. Que, es necesario implementar las acciones necesarias para asegurar la finalidad que a este efecto cumple la participacion ciudadana. En este sentido, es imperativo contribuir con una politica de estrecha relacion entre el Gobierno Regional de MORDAZA y la sociedad civil organizada, aplicando positivamente las experiencias obtenidas en los procesos anteriores a fin de institucionalizar un reglamento y mecanismos de accion que lo faciliten. Que, a fin de garantizar que el MORDAZA de elaboracion del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2014 se ordene a la obtencion de los mejores resultados, es que debe apuntar a coadyuvar con procesos ordenados e institucionalizados a que la participacion ciudadana siga siendo el motor generador del desarrollo del departamento de Lambayeque; por lo que es preciso para ello que se proceda a aprobar el reglamento correspondiente. Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.2 del Capitulo I del Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados, aprobado mediante la Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/7601, es competencia del Consejo Regional aprobar las normas complementarias referidas a dicho proceso. Que, en ese sentido, el inc. a., del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; SE ORDENA: Articulo Unico.- APRUEBASE el Reglamento del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional MORDAZA ­ Ano Fiscal 2014 y cronograma que contiene, conforme al texto que integrado por veintiseis articulos y cinco disposiciones complementarias y finales corre adjunto como anexo a la presente Ordenanza Regional formando parte integrante de la misma. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en Chiclayo, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA ENEQUE SORALUZ Consejero Delegado Consejo Regional