Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2013 (04/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Presidencial Nº 028-2013SERNANP, de fecha 14 de febrero de 2013, se instaura MORDAZA disciplinario al Jefe de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, Biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Guardaparque MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la especialista MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de infracciones a los numerales 2 y 4 del articulo 6°, numeral 4° del articulo 7° y numeral 2 del articulo 8° de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica; Que, a traves de la Resolucion Presidencial Nº 0382013-SERNANP, de fecha 06 de marzo de 2103, se amplia el MORDAZA disciplinario al Jefe de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, Biologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Guardaparque MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la Especialista MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, en razon de haberse detectado la ocurrencia de nuevos hechos y elementos de prueba relacionados con los que motivaron la emision de la Resolucion Presidencial Nº 028-2013SERNANP; Que, de acuerdo a las investigaciones y evaluacion de los hechos, asi como del descargo y elementos de prueba relacionados con las imputaciones contenidas en las Resoluciones Presidenciales Nº 028 y Nº 038-2013SERNANP, contra el guardaparque MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, se ha acreditado que este ultimo recibio 2,500 alevinos de arahuanas en calidad de prestamo para la Jefatura de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, los mismos que serian devueltos cuando entreguen sus cuotas los demas grupos de manejo, para lo cual MORDAZA el Acta de Compromiso de fecha 26 de octubre de 2012, conjuntamente con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Grupo de Manejo Los Zungaritos; Que, asimismo, el citado guardaparque a traves del documento firmado el 07 de febrero de 2013, reconoce haber recibido los 2,500 alevinos en calidad de prestamo para la compra de combustible, corroborando dicha afirmacion durante el informe oral rendido ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, no habiendose acreditado la referida compra, debiendo precisarse que la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, al igual que todas las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional, tienen asignado presupuesto para la adquisicion de combustible y demas bienes necesarios para cumplir con las funciones asignadas; Que, la conducta descrita en la que ha incurrido el guardaparque MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, constituye infraccion a los principios de probidad e idoneidad de la funcion publica, contenidos en los numerales 2) y 4) del articulo 6º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, en el caso de la probidad, en razon de no haber actuado con diligencia y honestidad en el desarrollo de sus actividades, recibir dadivas en provecho propio y de omitir proceder con rectitud; y, en el caso de la idoneidad, por haber inobservado la normativa legal, procedimientos y preceptos MORDAZA en el desarrollo de sus actividades, requisitos esenciales para el ejercicio de la funcion publica; Que, asimismo, ha contravenido el numeral 4) del articulo 7º del precitada Ley, en el sentido que en el desarrollo de sus actividades ha incumplido observar las disposiciones contenidas en el Codigo de Etica de la Funcion Publica, careciendo por tanto de una actitud de servicio; del mismo modo, se ha incurrido en la prohibicion contenida en el numeral 2) del articulo 8º, al haber obtenido beneficios y ventajas indebidas incompatibles con la funcion publica que comprometen de manera real su independencia y objetividad; Que, efectuadas las investigaciones y evaluacion de los hechos, asi como del descargo y elementos de prueba relacionado con las imputaciones contenidas en las Resoluciones Presidenciales Nº 028 y Nº 038-2013SERNANP, contra la especialista MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, servidora de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, se encuentra plenamente acreditado que esta MORDAZA recibio durante el ano 2012 para fines de educacion ambiental, un total de 1785 nidadas de taricayas, remitidas por exigencia suya al programa de uso publico, segun consta en las actas remitidas por los diferentes Jefes de las Cuencas de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, habiendo evidenciado, la citada especialista, la

entrega de solo 719 nidadas de taricayas (se ha incluido 112 nidadas supuestamente malogradas conforme al acta suscrita conjuntamente con el Guardaparque MORDAZA MORDAZA Angulo) a entidades educativas, comunidades y otras instituciones, existiendo un faltante de 1066 nidadas de taricayas cuyo destino se desconoce por no haber sido sustentado documentariamente por la especialista MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA Arirama; Que, considerando que cada nidada tiene un promedio de 32 a 35 huevos y suponiendo que solo eclosionen 25 huevos, tendriamos un total de 26,650 taricayas, estas multiplicadas por el valor de MORDAZA ascendente a S/. 4.50 (Cuatro y 50/100 Nuevos Soles), implicaria que el monto aproximado del perjuicio causado alcanzaria la suma de S/. 119,925 (Ciento Diecinueve Mil Novecientos Veinte y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, asimismo, la servidora MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA no ha evidenciado la existencia del Informe correspondiente al MORDAZA trimestre del 2012, ni los referidos a los periodos 2010 y 2011 relacionados con educacion ambiental, con la MORDAZA de haber sido presentados a la Jefatura de la RNPS, donde se precise la recepcion de nidadas de taricayas de las diferentes cuencas y la entrega de estas a las diferentes instituciones beneficiarias, asi como los resultados obtenidos; Que, consecuentemente, se ha evidenciado un descontrol total y uso indebido de las especies recibidas por la especialista MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, como responsable del sub programa de educacion ambiental del programa de uso publico, respecto a las nidadas de taricayas que le fueran remitidas por los Jefes de Cuencas de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, y por las entregas que indica haber realizado a las diferentes instituciones beneficiarias, careciendo de informacion sobre el resultado obtenido en dichas instituciones; asimismo, esta acreditado que no se cuenta con ninguna MORDAZA, convenio, acuerdo u otro documento suscrito con los grupos de manejo y/o entidades beneficiarias del sub programa de educacion ambiental que establezca los parametros o lineamientos de dicha actividad, cuotas de entrega de nidadas u objetivos a alcanzar, lo cual acredita un accionar deficiente y displicente que se hace extensivo a la Jefatura de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria; Que, ademas la servidora MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA reconoce haber entregado huevos no viables a personal administrativo y guardaparques voluntarios de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, sin que exista ninguna MORDAZA o compromiso que contemple o permita dicha accion por lo que deviene en ilegal; Que, del mismo modo, se encuentra acreditado que la servidora MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA ha suscrito diversos documentos como Jefe de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, tales como autorizaciones, oficios y radiogramas, antecediendo la palabra por, sin contar con la delegacion de firma correspondiente otorgada por el Jefe de la referida Reserva Nacional, entre los cuales, se encontraban las Autorizaciones Nº 008-2013-MINANSERNANP/RNPS-J, Nº 130-2012-SERNANP-RNPS-J y Nº 136-2010- SERNANP-RNPS-J, las mismas que solo pueden ser firmadas y otorgadas por los Jefes de Areas Naturales Protegidas (facultad indelegable), asi exista delegacion de firma, usurpando indebidamente funciones que no le compete, hechos que han sido reconocidos por la propia MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, quien senalo que su intencion era contribuir a la mejora de la gestion y que lo hizo con la mejor de las intenciones, y en todos los casos siempre actuo con conocimiento y autorizacion del Jefe de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria; razon por la cual, la actuacion de ambos servidores, sea por accion u omision, deviene en ilegal; Que, de otro lado, se advierte la entrega indebida de dinero a personal de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, como es el caso de los S/. 3,000 (Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) entregados por la empresa Stingray Aquarium SAC a la guardaparque voluntaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se apersono en representacion del SERNANP y por encargo de la servidora MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA MORDAZA, para recibir dicho importe por concepto de anticipo por peces ornamentales, hecho que se encuentra plenamente acreditado con la MORDAZA del Acta de Entrega Nº 070-ADST-2011, de fecha 17 de noviembre de 2011 y con el recibo de egreso Nº 0003886 de la misma fecha, ambos documentos firmados por la guardaparque voluntaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, precisandose que la