Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2013 (04/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

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Prorroga de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO N° 034-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en la microcuenca del rio Aguatario se encuentra la capital del distrito de Locroja, y, entre otros, los centros poblados de Marcayllo, Accollascca, Ccahoma, de la provincia de Churcampa, en el departamento de Huancavelica, en cuyas zonas, principalmente en Yanayacu, Cedroyocc y Accobamba, existe un MORDAZA de movimiento de masas de tierra en laderas, cuyo origen segun el mapa sismico elaborado por el Instituto Geofisico del Peru - IGP y por la informacion de MORDAZA obtenida, se iniciaron por sismos ocurridos en los anos 1980 y 1981, que incluye ademas en las partes altas de dicha subcuenca, derrumbes, desprendimientos, desplomes y huaycos que tienen como factores los flujos hidricos, las precipitaciones pluviales, la erosion, entre otros; habiendo obligado a la reubicacion temporal de 42 familias dentro del mismo centro poblado Accollascca y 52 familias del centro poblado de Marcayllo en la capital del distrito de Locroja, de los cuales 12 familias se encuentran en el sector Ccohama. Asimismo en las partes bajas en la MORDAZA de Yanayacu la erosion del rio y el deslizamiento de masas de tierra de un aproximado de 500,000 m3 ha formado en el cauce una seccion de 40 metros por 25 metros de altura que corre el riesgo de sufrir un embalsamiento, y en la MORDAZA de Accobamba, el volumen del deslizamiento es de 180,000 m3, habiendo formado una MORDAZA de aproximadamente 1800 m2; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2013-PCM de fecha 08 de febrero del 2013, se aprobo la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, por peligro inminente generado por procesos de deslizamiento de tierras que se presentan en la microcuenca del rio Aguatario; asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional de Huancavelica, con Oficio Nº 097-2013/GOB-REG-HVCA/PR de fecha 25 de marzo de 2013, MORDAZA con Oficio Nº 128-2013/GOBREG-HVCA/PR-ORDNSCyDC de fecha 27 de marzo de 2013, adjuntando como sustento tecnico el "Estudio de Estimacion de Riesgos de la Microcuenca Aguatario ­ Centros Poblados de Accollascca y Marcayllo (Marzo 2013)", solicita la prorroga de la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, en razon a que de acuerdo a los estudios realizados dicha MORDAZA se encuentra en situacion de alto riesgo para los pobladores, por peligro inminente de deslizamiento de tierras, por lo que resulta necesario continuar con las acciones descritas en el Estudio de Estimacion de Riesgos; Que, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, mediante Informe Nº 0122013-INDECI/10.2 de fecha 01 de MORDAZA del 2013, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado y sustentado por el Gobierno Regional de Huancavelica, emitiendo informe favorable para que se apruebe la prorroga de la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, que permita la continuacion de la ejecucion de las acciones inmediatas, simultaneas y necesarias correspondientes en razon a que los poblados de dicho distrito se encuentran en muy alto riesgo generado por procesos de deslizamiento de tierras que se presentan en la microcuenca del rio Aguatario; poniendo en peligro inminente a la poblacion; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 018-2013-PCM, y subsistiendo las condiciones de peligro inminente en la MORDAZA afectada, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del

alto riesgo existente, asi como las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; y, De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru; con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, en el departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, a partir del 10 de MORDAZA de 2013, por peligro inminente generado por procesos de deslizamiento de tierras. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, en coordinacion con el Gobierno Local involucrado, con el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, continuaran con la ejecucion de las acciones necesarias de respuesta y rehabilitacion para la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 920101-2

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI
DECRETO SUPREMO N° 035-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1141, se fortalece y moderniza el Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI, senalando que