Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2012 (04/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de la MORDAZA Primero SN.(MC) Giannilu MORDAZA MORDAZA Woolcott, CIP. 02138062, DNI. 42468242, y de la MORDAZA MORDAZA SN.(O) MORDAZA Katterine MORDAZA MORDAZA, CIP. 00062674, DNI. 41137159, para que participen en el ejercicio ALIANZA DEL MORDAZA 2012, a bordo del Buque Hospital USNS MORDAZA, a realizarse del 4 de MORDAZA al 30 de setiembre de 2012, debiendo embarcarse en la MORDAZA de Manila, Republica de Filipinas y desembarcandose en el Puerto de San MORDAZA, Estado de California, Estados Unidos de MORDAZA, con permanencia en puertos extranjeros por un total de SETENTA Y OCHO (78) dias. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: (Ida): MORDAZA ­ Manila (Filipinas) (Regreso): San MORDAZA (EE.UU) - MORDAZA US$. 2,293.44 x 2 personas US$. 4,586.88

Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero: US$. 40.00 x 78 dias x 2 personas US$. 6,240.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$. 10,826.88 Articulo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Las Oficiales comisionadas, deberan dar cumplimiento con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- La Oficial Subalterno mas antigua, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha del retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 809631-3