Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2012 (04/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
Precio /E1 (US$) Dpto. MORDAZA 7 650 5 500 4 792 Otros dpto's 9 346 6 719 5 854

469945

Rango E1's De 17 32 64 808820-1 Hasta 31 63 96

Que, en uso de las atribuciones conferidas por ley, y de conformidad con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI y la Ley General del Sistema Concursal. SE RESUELVE: Primero: Designar como representante autorizada de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI MORDAZA Norte ante las Juntas de Acreedores, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Secretaria Tecnica. Segundo: Remitir la presente resolucion al Directorio del Indecopi para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores MORDAZA del MORDAZA MORDAZA de Somocurcio, MORDAZA Schmerler Vainstein, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Durand. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA DE SOMOCURCIO Presidente 808379-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan representante de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI MORDAZA Norte ante las Juntas de Acreedores
COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES INDECOPI MORDAZA NORTE RESOLUCION Nº 0484-2012/ILN-CCO MATERIAS :DESIGNACION DE REPRESENTANTE AUTORIZADA DE LA COMISION PARA PARTICIPAR EN JUNTAS DE ACREEDORES MORDAZA, 21 de junio de 2012 VISTOS: Los procedimientos concursales cuya tramitacion es de competencia de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI MORDAZA Norte, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 de la Ley General del Sistema Concursal y la Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 030-2010-INDECOPI/ COD. CONSIDERANDO: Que, el articulo 44 de la Ley General del Sistema Concursal establece que la Comision nombrara a uno o mas representantes para que la represente ante las Juntas de Acreedores donde se trate la decision sobre el destino del deudor, la aprobacion del Plan de Reestructuracion, Convenio de Liquidacion y Acuerdo Global de Refinanciacion, asi como sus modificaciones, toda vez que en estos casos la participacion del representante de la Comision sera obligatoria; Que, debido a la elevada carga procesal vigente, resulta necesario que la Comision designe representantes para la certificacion de documentos y para que asistan a las reuniones de Junta de Acreedores, actuando en nombre y representacion de esta Comision; Que, en ese sentido, se ha considerado conveniente designar a los funcionarios que laboran en la Secretaria Tecnica de esta Comision como representantes autorizados de la misma; Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses;

Designan representante de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Norte para la certificacion de copias a que se refiere la Ley General del Sistema Concursal
COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES INDECOPI MORDAZA NORTE RESOLUCION Nº 0485-2012/ILN-CCO MATERIA : DESIGNACION DE REPRESENTANTE AUTORIZADA DE LA COMISION PARA CERTIFICACION DE DOCUMENTOS MORDAZA, 21 de junio de 2012 VISTOS: Los procedimientos concursales cuya tramitacion es de competencia de la Comision de Procedimientos Concursales del Indecopi MORDAZA Norte, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 de la Ley General del Sistema Concursal y en la Resolucion de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 030-2010-INDECOPI/COD; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el articulo 21 de la Ley General del Sistema Concursal, concordante con el articulo 22 del referido dispositivo legal, un representante de la Comision debera certificar las copias de las resoluciones por las cuales se inicia el procedimiento concursal o la disolucion y liquidacion, para efectos de que se inscriban en el Registro Personal, los Registros Publicos en los que se encuentren inscritos los bienes de concursado, cualquier MORDAZA de registros donde aparezcan bienes o garantias constituidas sobre bienes del deudor y, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro de Personas Juridicas correspondiente; Que, conforme a lo previsto en el literal f) del articulo 44.1 del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, la funcion indicada en el considerando anterior, asi como la certificacion de las copias de los demas documentos que obran en los archivos de la Comision, son funciones que pueden ser encargadas al Secretario Tecnico de la Comision; Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses;