Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2012 (04/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Tercera Sala: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sandoval. · MORDAZA MORDAZA Ferreyra Coral. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 115-2012-OSCE/PRE. Articulo Cuarto.- La presente resolucion tiene vigencia desde la fecha de su notificacion. Articulo Quinto.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para su difusion y conocimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva 809005-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Formalizan la Adjudicacion de la Buena Pro a favor de la Fundacion Conservacion Internacional CI PERU para el Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion Alto MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 010-2012-SERNANP-DGANP MORDAZA, 22 de junio de 2012 VISTO: El Informe N° 001-2012-CAH-BPAM de fecha 07 de junio de 2012 de la Comision Ad Hoc encargada de dirigir el "Procedimiento de Otorgamiento Directo" para un Contrato de Administracion en el Bosque de Proteccion Alto Mayo. CONSIDERANDO: Que, el articulo 8° de la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley N° 26834 y el articulo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, precisan que el INRENA, ahora SERNANP, se constituye el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar las normas administrativas necesarias para la gestion y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 17º de la Ley precitada establece que el Estado reconoce y promueve la participacion privada en la gestion de las Areas Naturales Protegidas, pudiendo para ello suscribir u otorgar sea por el SERNANP o por las autoridades competentes; segun sea el caso, los denominados Contratos de Administracion de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 119º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, senala que los Contratos de Administracion se otorgan mediante concurso de meritos de caracter publico, convocado por el SERNANP, de oficio o a pedido de parte, para las Areas Naturales Protegidas del SINANPE, sujetandose a las Bases del Concurso de acuerdo a lo establecido por la Ley, el Reglamento, el Plan Director y el Plan Maestro del Area Natural Protegida, de existir este ultimo; Que, el articulo 8° de la Resolucion Jefatural N° 210-2005INRENA, que aprueba las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administracion, establece entre las modalidades para acceder a un Contrato de Administracion en un Area Natural Protegida, el "Procedimiento a Solicitud de Parte", siendo aplicable al presente procedimiento, al haberse presentado la solicitud durante su vigencia;

Que, mediante Resolucion Directoral N° 027-2011SERNANP-DGANP de fecha 01 de junio de 2011 se resolvio dar inicio al procedimiento de otorgamiento directo de un Contrato de Administracion en la modalidad senalada en el articulo 3°, numeral 5, literal a) de la Resolucion Jefatural N° 210-2005-INRENA, del Bosque de Proteccion Alto MORDAZA solicitado por la Fundacion Conservacion Internacional-CI PERU, al no haberse presentado otros interesados; Que, mediante Resolucion Directoral N° 052-2011SERNANP-DGANP se designo a los miembros de la Comision Ad Hoc, responsables de conducir el MORDAZA de otorgamiento del Contrato de Administracion para el Bosque de Proteccion Alto Mayo; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas mediante Resolucion Jefatural N° 210-2005-INRENA y Resolucion Directoral N° 052-2011-SERNANP-DGANP, con fecha 15 de diciembre de 2011, la Comision Ad Hoc procede a su instalacion y aprobacion de los Terminos de Referencia, los cuales contienen los criterios generales y especificos de evaluacion y que serviran de lineamientos para la formulacion de la Propuesta Tecnica por parte del postor, los mismos que fueron notificados mediante Carta N° 01-2011-SERNANAPCA-BPAM, otorgando un plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles para su MORDAZA, el mismo que fue prorrogado por la Comision Ad Hoc a solicitud del postor; Que, mediante Carta N° 090-2012-CI-LIM presentada con fecha 4 de MORDAZA de 2012, la Fundacion Conservacion Internacional - CI PERU, presenta su Propuesta Tecnica dentro del plazo concedido; Que, en virtud a las atribuciones conferidas a dicha Comision mediante Resolucion Jefatural Nº 210-2005INRENA y Resolucion Directoral Nº 052-2011-SERNANPDGANP, se procede a la evaluacion de la propuesta presentada, bajo los criterios de evaluacion y terminos de referencia aprobados para tal efecto, adjudicando la Buena Pro a la Fundacion Conservacion Internacional ­ CI PERU, lo cual consta en Acta de fechas 6 y 7 de junio de 2012; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del articulo 12° de la Resolucion Jefatural N° 210-2005-INRENA, al haber superado el 70% del puntaje MORDAZA senalado en los Terminos de Referencia, la Comision Ad Hoc acordo adjudicar la buena pro del Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion Alto MORDAZA al postor Fundacion Conservacion Internacional - CI PERU; correspondiendo emitir la Resolucion Directoral en merito a las facultades conferidas mediante Resolucion Presidencial N° 075-2009SERNANP del 17 de MORDAZA del 2009; Que, es aplicable al presente procedimiento, el plazo de quince (15) dias para la interposicion de los recursos impugnativos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 207.2 del articulo 207° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso c) del articulo 3° e inciso n) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y en merito a las facultades otorgadas mediante Resolucion Presidencial N° 075-2009-SERNANP del 17 de MORDAZA del 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar la Adjudicacion de la Buena Pro a favor de la Fundacion Conservacion InternacionalCI PERU para el Contrato de Administracion del Bosque de Proteccion Alto Mayo. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion departamental en el ambito donde se ejecutara el Contrato de Administracion referido en el articulo precedente. Articulo 3º.- De no presentarse recurso de impugnacion alguno en el plazo establecido por Ley, contado a partir de su publicacion; se procedera a la suscripcion del Contrato de Administracion respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora (e) de Gestion de las Areas Naturales Protegidas Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado 809010-1