Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2012 (04/07/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

469935

072-2003-PCM. Asimismo, designa al Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones como el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia Estandar, el mismo que se cenira y observara lo dispuesto por la Ley Nº 27806, el Decreto Supremo Nº 063-2010PCM, y la Directiva Nº 001-2010-PCM/SG "Lineamientos para la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar en las entidades de la Administracion Publica" aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 200-2010PCM; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1032012-TR de fecha 19 de MORDAZA de 2012, se autoriza la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para el Ano Fiscal 2012, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo-Oficina General de Administracion, provenientes de los desembolsos de cooperacion tecnica no reembolsable que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) efectua en el presente ejercicio en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Tecnica no Reembolsable Nº ATN/OC-11570-PE "Fundamentos Tecnicos y Operativos del Servicio Nacional de Empleo del Peru (SENEP)" hasta por la suma de S/. 1 137 528,00 (Un Millon Ciento Treinta y Siete Mil Quinientos Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles); considerado en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 136-2012-TR de fecha 25 de MORDAZA del 2012, se autoriza la modificacion presupuestaria en el Nivel Funcional Programatico en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para el Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" hasta por la suma de S/. 1 000 000,00 (Un Millon y 00/100 nuevos soles); Que, en ese sentido, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, emite opinion tecnica mediante Informe Nº 185-2012-MTPE/4/9.1, proponiendo la aprobacion de modificacion del Plan Operativo Institucional - POI 2012, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 025-2012-TR, y modificado mediante Resolucion Ministerial Nº 098-2012TR, a partir del II trimestre del presente ano; Con las visaciones del Viceministro (e) de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, del Viceministro de Trabajo, del Secretario General, de los Jefes de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, articulo 11º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el literal b) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Plan Operativo Institucional - POI 2012, aprobado mediante Resolucion Ministerial 025-2012-TR y modificado mediante Resolucion Ministerial Nº 098-2012-TR, conforme al cuadro resumen y a las programaciones, que como anexos forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, manteniendose subsistentes los demas extremos y alcances de dicho documento de gestion. Articulo 2º.- Los Organos, Unidades Organicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, comprendidas en la modificacion que aprueba el articulo 1º de la presente Resolucion daran estricto cumplimiento al contenido del Plan Operativo Institucional - POI 2012, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, bajo responsabilidad. Articulo 3º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Planeamiento e Inversiones efectuara el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan Operativo Institucional - POI 2012 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion Ministerial y sus anexos a que se refiere el articulo 1º de

la presente resolucion en la pagina Web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 809478-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior
DECRETO SUPREMO Nº 007-2012-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer el MORDAZA legal a ser aplicable en el tramite aduanero de mercancias que ingresan o salen del MORDAZA e implementar las medidas necesarias para el cumplimiento de los compromisos relativos a Procedimientos Aduaneros y Facilitacion del Comercio comprendidos en los Acuerdos Comerciales suscritos por el Peru; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley, dispone la creacion, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de un modulo de informacion de acceso gratuito al publico, que contenga la informacion de los servicios portuarios y aeroportuarios que las empresas dedicadas a su prestacion proporcionan a sus clientes; Que, de acuerdo con lo senalado en la Ley, dicho modulo debera ser construido con la informacion sobre servicios, contenido y precios que los operadores portuarios y aeroportuarios pongan a disposicion de los usuarios, y que debera ser remitida a la Autoridad Portuaria Nacional y a la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo la citada Ley, encarga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la reglamentacion y operatividad del referido modulo de informacion, en el cual deberan incluirse a los almacenes y depositos aduaneros que prestan servicios publicos; Que, de acuerdo con el articulo 119 de la Constitucion Politica del Peru, la direccion y la gestion de los servicios publicos estan confiadas al Consejo de Ministros; y a cada ministro en los asuntos que competen a la cartera a su cargo; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977 Aprobar el Reglamento del articulo 10 de la Ley Nº 28977, Ley de Facilitacion del Comercio Exterior, que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo, el mismo que consta de cuatro (04) capitulos, once (11) articulos y dos (02) Disposiciones Complementarias Finales. Articulo 2º.- Vigencia El Reglamento aprobado por el presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.