Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2012 (04/07/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

469932

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2012

y Mantenimiento del Ministerio de Salud, formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Dolmos MORDAZA, y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en los articulos 182°, 183° y 184° del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, en el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar, con eficacia anticipada al 31 de marzo de 2012, la renuncia a la funcion publica y al cargo de Supervisor I, de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, Nivel F-3, formulada por el Ingeniero Civil MORDAZA MORDAZA DOLMOS MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Disponer que la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, otorgue los beneficios y demas derechos que le corresponda al senor MORDAZA MORDAZA Dolmos MORDAZA, teniendo en cuenta el ultimo cargo ocupado en la Administracion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 808497-1

y/o mortalidad de la poblacion afectada es necesario su notificacion de manera oportuna para la implementacion inmediata de medidas de control; Que, el 15 de junio del 2007 entro en vigencia el MORDAZA Reglamento Sanitario Internacional (2005), en la que recomiendan a los paises, el mejoramiento de las capacidades basicas de vigilancia y respuesta; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Epidemiologia; Con el visado del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8º de la Ley N° 27657 Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria N°047MINSA/DGE-V.01, "Notificacion de Brotes, Epidemias y otros eventos de importancia para la Salud Publica". Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Epidemiologia la difusion y seguimiento del cumplimiento de la citada Directiva Sanitaria. Articulo 3º.- La Direccion de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel Nacional, son los responsables de la difusion, implementacion, supervision y aplicacion de la Directiva Sanitaria, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones se encargara de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/portada/transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 808497-2

Aprueban Directiva Sanitaria "Notificacion de Brotes, Epidemias y otros eventos de importancia para la Salud Publica"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 545-2012/MINSA MORDAZA, 28 de junio del 2012 Visto el Expediente Nº 12-054420-001, que contiene el Memorandum Nº 1037-2012-DGE-DVE-DSARES/MINSA de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, en el articulo 25° de la Ley N° 27657 Ley del Ministerio de Salud, establece que la Oficina General de Epidemiologia, ahora Direccion General de Epidemiologia esta a cargo del diseno, asesoramiento y evaluacion del Sistema de Vigilancia Epidemiologica, que incluye proponer las normas y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, para analizar permanentemente la tendencia de las enfermedades, los condicionantes de la enfermedad y la respuesta social para su prevencion y control; Que, en el articulo 58º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, la Direccion General de Epidemiologia tiene como funcion detectar oportunamente la ocurrencia de brotes epidemicos e incremento de riesgos para la salud de las personas, y tomar acciones para su prevencion y control. Asimismo Identificar y definir situaciones de emergencias sanitarias, determinar la magnitud de la contingencia y coordinar la respuesta segun niveles de complejidad, informando a la Alta Direccion; Que, en el Peru, cada ano, se notifican alrededor de 120 brotes, epidemias u otros eventos de salud publica que afecta a cientos o MORDAZA de personas a causa de distintos procesos infecciosos o eventos; Que, siendo los brotes y epidemias eventos de salud publica que tienen gran impacto en la morbilidad

Autorizan la ejecucion del VI Programa de Especializacion en Epidemiologia de MORDAZA del Ministerio y crean Comite Tecnico de Coordinacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 546-2012/MINSA MORDAZA, 28 de junio del 2012 Visto los Expedientes Nos. 11-063595-002, 006 y 010, que contienen los Memorandos Nos. 1315, 4119 y 41462011-DGE-DIS/UCAP/MINSA y N° 0866-2012-DGE-DIS/ UCAP/ MINSA de la Direccion General de Epidemiologia; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025, sobre normas de capacitacion y rendimiento para el Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010-PCM, establece que la capacitacion contribuye a mejorar la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos institucionales, a traves de los recursos humanos capacitados; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 10072005/MINSA se aprobaron los Lineamientos de Politica Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos de Salud, que en su Lineamiento de Politica 1 establece la formacion de recursos humanos en salud basado en el modelo de atencion integral de salud, el perfil demografico, el sociocultural y epidemiologico de la poblacion, tomando en cuenta las particularidades regionales y locales; Que, el literal d) del articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y sus modificatorias, establece que la Direccion General de