Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES
MORDAZA RURAL

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

transferencia y disposicion final de los desechos solidos urbanos provenientes de los predios y de las areas de dominio publico. c.- ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES El arbitrio de parques y jardines publicos, corresponde los servicios de implementacion, recuperacion, mantenimiento y mejora de parques, alamedas y jardines de uso publico, recoleccion de maleza de origen domiciliario y publico, transporte y disposicion final. d.- ARBITRIOS DE SEGURIDAD CIUDADANA El arbitrio de Seguridad Ciudadana comprende la organizacion, mantenimiento y mejora del servicio municipal de vigilancia publica, control de actividades para la prevencion del delito, accidentes y proteccion de la poblacion del distrito. Articulo 5°.- PERIODICIDAD DE DETERMINACION Los arbitrios municipales del ejercicio 2012, son de periodicidad y determinacion mensual, debiendo cancelarse dentro de los plazos establecidos. Articulo 6°.- CRITERIOS DE DISTRIBUCION Los costos ejecutados por la prestacion de los servicios de limpieza publica, parques y jardines publicos y Seguridad Ciudadana, para el ejercicio 2012, se distribuiran entre el numero de contribuyente en funcion al numero de predios de su propiedad en el distrito de San MORDAZA de Canete en atencion al Informe Tecnico que se publique, y de acuerdo a los siguientes criterios: a.- Para Limpieza Publica 1- Barrido de calles: tamano del predio en terminos de longitud promedio del frente del predio y la frecuencia del barrido. 2- Recojo de Residuos Solidos: a) El uso del predio como indicador por su actividad de mayor o menor generacion de residuos. b) El tamano del predio en funcion al metro MORDAZA construido. b.- Para Parques y Jardines Publicos 1. La ubicacion del predio entendida como mayor disfrute por la cercania a areas verdes c.- Para Seguridad Ciudadana 1.- La ubicacion del sector como criterio preponderante entendido como areas con mayor o menor destino del servicio en correspondencia con su incidencia en la peligrosidad. 2.- El uso del predio como criterio para determinar el nivel de riesgo en relacion a otro predio y por consiguiente una mayor prestacion del servicio. Articulo 7°.- DE LOS USOS DE LOS PREDIOS Precisese para efectos del servicio de recojo de Residuos Solidos en el arbitrio de limpieza publica, los giros se agrupan en los siguientes usos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Habitacion 1 piso MORDAZA Habitacion 2 o mas pisos Comercio Puestos, tiendas, kioskos Desocupados Instituciones Educativas Servicio en General Entidad Financiera Industria Otros (instalaciones culturales, fundacion, templo, garaje, etc.) Terrenos sin construir Instituciones educativas nacionales y particulares Hoteles y mercados MORDAZA PERIURBANA Predios Asociaciones, Cooperativas de viviendas y Asentamientos Humano

Predios de centros poblados, anexos y caserios rurales Articulo 8°.- INAFECTACIONES Se encuentra inafectos a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos los predios de propiedad de: a.- La Municipalidad Provincial de Canete b.- Cuerpo General de Bomberos Voluntarios c.- Entidades religiosas, debidamente constituidas y acreditadas cuyos predios se encuentren destinados solo a templos, conventos, monasterios. Articulo 9°.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El monto recaudado por concepto de arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad Provincial de Canete. El rendimiento de los mencionados arbitrios seran destinados unica y exclusivamente a financiar el costo de los servicios de limpieza publica y parques y jardines. Articulo 10°.- IMPORTES DE ARBITRIOS Apruebese los importes de los arbitrios de Limpieza Publica y parques y jardines publicos para el ejercicio del 2012, los mismos que se calcularan en base a las tasas fijadas en el informe tecnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que se encuentra en la pagina web de la Municipalidad Provincial de Canete: www.municanete.gob.pe. Articulo 11°.- INFORME TECNICO En aplicacion del articulo 69, 69A y 69B del Texto Unico de la Ley de Tributacion Municipal, mediante anexo N° 1 se explican los costos efectivos que se demandan los servicios prestados de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana, lo cual constituye el informe tecnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 12°.- COSTO DE LA EMISION MECANIZADA Y DISTRIBUCION Fijese en 0.2 % de la UIT el importe anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion domiciliaria. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incentivo por pago al contado Los contribuyentes que opten por la cancelacion de los arbitrios de los doce (12) meses del ejercicio del 2012, dentro del plazo de vencimiento del primer mes se les concedera un descuento del diez (10 %) sobre el importe de los arbitrios a pagar. Segunda.- Facultar a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- Excluyase del pago de arbitrios municipales a los usuarios que habitan en zonas o lugares donde no se reciben ningun MORDAZA de servicios, que senala la presente Ordenanza. Cuarta.- Deroguese todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publique y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa Provincial 735693-1