Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica mediante la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, priorizando y optimizando el uso de recursos publicos, y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el articulo 6 de la precitada Ley, establece que el diseno y estructura de la Administracion Publica deben regir los criterios de justificacion de funciones y actividades, no duplicacion de funciones y el MORDAZA de especialidad que supone integrar las funciones y competencias afines; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Ademas, senala que los Ministerios disenan, establecen, ejecutan y supervisan politicas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoria respecto de ellas; Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, segun su Ley de Organizacion y Funciones, Ley N° 29809, tiene como finalidad velar por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democratica, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, etica publica, seguridad juridica y paz social; Que, por su parte, la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinacion y articulacion con las diversas entidades del sector publico, el sector privado y la sociedad civil; Que, la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, senala que es competente para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas nacionales en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; Que, actualmente se encuentran adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza, el Fondo para la Igualdad, el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional - CMAN y el Consejo de Reparaciones; Que, por la naturaleza de las funciones que desempenan la Mesa, los Fondos, la Comision y el Consejo indicados en el considerando precedente, corresponde la adscripcion de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional - CMAN y el Consejo de Reparaciones al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza y el Fondo para la Igualdad al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, en su articulo 13, dispone que la adscripcion de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos publicos, comisiones y en general toda instancia de la Administracion Publica Central, se realizara por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; MORDAZA concordante con el articulo 28 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica; la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Adscripcion de la CMAN y del Consejo de Reparaciones al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, entiendanse adscritos la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional - CMAN, asi como el Consejo

de Reparaciones, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Articulo 2.- Adscripcion de la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza y el Fondo para la Igualdad al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, entiendanse adscritos la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza y el Fondo para la Igualdad, al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Articulo 3.- Adscripcion del FORSUR al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, entiendanse adscrito el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 ­ FORSUR, al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social; el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Unica.Adecuacion de Reglamentos de Organizacion y Funciones El Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, deberan adecuar sus respectivos Reglamentos de Organizacion y Funciones, en un plazo no mayor de 90 dias calendario, de acuerdo a lo establecido por el presente Decreto Supremo.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Unica.- Aprobacion de normas complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolucion Ministerial, aprobara las normas complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Unica.- Derogacion de disposiciones Deroguense o dejense sin efectos las disposiciones que se opongan a la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos

735706-2

Decreto Supremo que establece medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el ano 2010
DECRETO SUPREMO N° 103-2011-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA