Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

458378

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion el titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AERO MONTANAS S.A., la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, en el sentido de incluir material aeronautico y zonas de operacion a las ya autorizadas a traves de la Resolucion Directoral Nº 2152008-MTC/12 del 14 de noviembre del 2008 de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (ademas de los ya autorizados) - Cessna 402 A-B y C - Cessna 180-185 - Aviocar 200 - Beechcraft 1900D, 1900C, B-350, C-19 - MORDAZA C-212 - Cessna 404 Titan - MORDAZA MORDAZA Cherokee six ­ Saratoga - MORDAZA Navajo Chieftain PA-31-350 - Twin Otter 300 - Metroliner Fairchield - Banderainte - Dornier ZONAS DE OPERACION: (ademas de las ya autorizadas) Departamento: Ucayali - Bolognesi RIOS: - Rio Ucayali y afluentes - Rio Amazonas y afluentes - Rio Huallaga y afluentes - Rio Putumayo - Rio Napo - Rio Curaray - Rio Tigre - Rio Yavari - Rio Morona - Rio Pastaza - Rio Corrientes - Rio Puinahua - Rio Pachitea - Rio Pichis - Rio Palcazu - Rio Tambo - Rio Sepahua Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 215-2008-MTC/12 del 14 de noviembre del 2008 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAHUD LA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e)

735091-1

Otorgan a Aero Montanas S.A. la modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial: transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 399-2011-MTC/12
MORDAZA, 18 de noviembre del 2011 Vista la solicitud de la compania AERO MONTANAS S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 215-2008-MTC/12 del 14 de noviembre del 2008 se otorgo a la Compania AERO MONTANAS S.A., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 26 de diciembre del 2008; Que, mediante Expediente Nº 2011-036665 del 08 de agosto del 2011 y Documento de Registro Nº 107985 del 14 de setiembre del 2011, la Compania AERO MONTANAS S.A., solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, en el sentido de incrementar material aeronautico y zonas de operacion a las ya autorizadas; Que, segun los terminos del Memorando Nº 12612011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil, Memorando Nº 354-2011MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 370-2011-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 336-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General

722456-1