Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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y sucesiones indivisas participaran ademas de los diferentes sorteos y premios establecidos en el reglamento correspondiente. Articulo 3. BENEFICIO SOBRE DEUDA DE ANOS ANTERIORES Los contribuyentes que no mantengan deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al periodo 2012 obtendran los siguientes beneficios: 1. ARBITRIOS. 1.1 Al cancelar la totalidad de su deuda de anos anteriores. 1.1.1 El descuento del 100% de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas de corresponder. 1.1.2 Adicionalmente, de tratarse de personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, el 15% de descuento sobre el monto insoluto. 1.2 Al cancelar parcialmente su deuda de anos anteriores. 1.2.1 El 100% de descuento de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas. 2. IMPUESTO PREDIAL. 2.1 Al cancelar total o parcialmente su deuda de anos anteriores. 2.1.1 El 100% de descuento de los intereses moratorios, factores de reajuste, gastos administrativos y costas coactivas. 3. IMPUESTO VEHICULAR Y ALCABALA. 3.1 Al cancelar la totalidad de su deuda de anos anteriores. 3.1.1 El descuento del 100% de los intereses moratorios, gastos administrativos y costas coactivas de corresponder. Articulo 4. BENEFICIO POR PAGO TOTAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2012 Los contribuyentes puntuales que a la fecha del primer vencimiento de la cuota de arbitrios 2012 realicen la cancelacion total del monto anual de los arbitrios municipales del presente ejercicio, tendran un descuento del 8% sobre el monto total determinado, que incluye los gastos de emision. Los contribuyentes que mantienen deudas de ejercicios anteriores, que a la fecha del primer vencimiento de arbitrios 2012 realicen la cancelacion total del monto anual de los arbitrios municipales del presente ejercicio, tendran un descuento del 6% sobre el monto total determinado, que incluye los gastos de emision. Articulo 5. BENEFICIO POR PAGO OPORTUNO DE ARBITRIOS MUNICIPALES E IMPUESTO PREDIAL 2012 Los contribuyentes puntuales que paguen hasta la fecha de cada vencimiento sus arbitrios municipales 2012 tendran un descuento de 6% del monto insoluto determinado. El resto de contribuyentes que opten por el pago hasta la fecha de vencimiento de los arbitrios municipales 2012 tendran un descuento del 5%. Articulo 6. FORMA DE PAGO Para acogerse al presente beneficio, el pago debe de realizarse en efectivo, no admitiendose el pago en bienes o servicios. Articulo 7. DESISTIMIENTO Los contribuyentes que hayan iniciado un procedimiento contencioso (reclamacion) ante la Administracion Tributaria u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materias de acogimiento considerados en la presente Ordenanza, deberan desistirse del procedimiento iniciado ante la Administracion Tributaria o presentar

MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Articulo 8. REVOCACION DE VALORES TRIBUTARIOS Y SUSPENSION DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA Una vez realizado el acogimiento al presente programa, se revocaran automaticamente las ordenes de pago y/ o resoluciones de determinacion que contengan deuda tributaria sobre la que sea aplicable el Programa de Incentivos Tributarios otorgados mediante la presente Ordenanza. Asimismo, verificado el acogimiento a la presente Ordenanza, el Ejecutor Coactivo realizara las acciones pertinentes para la suspension de los procedimientos de ejecucion coactiva que se hubieran iniciado disponiendo el levantamiento de las medidas cautelares si las hubiere. Articulo 9. PAGOS ANTERIORES Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son considerados validos y no seran materia de devolucion o compensacion alguna.

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
Primera. PUBLICACION DE LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES Y CON BENEFICIO La Gerencia de Administracion Tributaria de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, sera la encargada de determinar y publicar en la pagina web de la Municipalidad, el universo de contribuyentes considerados como puntuales y aquellos determinados en el articulo 3 de la presente Ordenanza. Esta consideracion se realizara en cada fecha de vencimiento del Impuesto Predial. Segunda. DEL CUMPLIMIENTO Y DIFUSION DE LA PRESENTE ORDENANZA Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, a la Gerencia de Relaciones Publicas, Asentamientos Humanos y Participacion Vecinal e Informatica, el cumplimiento, publicidad y promocion de la presente Ordenanza. Tercera. FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultase al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Cuarta. ENTRADA EN VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban vigencia de las tasas de los arbitrios municipales del ano 2010 para el ejercicio 2012
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037-2011
Callao, 27 de diciembre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0000342004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha dado la siguiente: