Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2009 (15/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2009

Inicial, Centros de Educacion Basica, Comercio Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamiento Comunal a nivel vecinal y los Aportes que se transfieren con las Habilitaciones Urbanas son compatibles con las zonas residenciales y comerciales y por tanto, no requieren necesariamente calificacion especial en los Planos aprobados por la Ordenanza 1076-MML, correspondiendo la aprobacion de su instalacion, construccion u operacion, unicamente a las Municipalidades Distritales, quienes elaboraran los criterios especificos para su localizacion; Que, el acotado informe de la Oficina de Asesoria Juridica agrega, que la propuesta de Ordenanza tendra una vigencia ya determinada hasta el 31.12.2010, en cuanto a los beneficios que de MORDAZA se aprueben. Asimismo senala, en cuanto al Plano de Retiros por Consolidacion propuesto para su aprobacion en la Primera Disposicion Final, no esta sujeto al plazo de vigencia de la propuesta normativa, en vista que el mismo constituye un instrumento tecnico importante y de utilidad para el otorgamiento de licencias de funcionamiento, agregando que, el presente proyecto de Ordenanza establece beneficios de caracter tecnico en cuanto a los criterios de ubicacion y caracteristicas propias de los locales destinados a comercio, no suprimiendose costos ni requisitos los cuales ya se encuentran determinados en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, asi como en lo dispuesto en la Ordenanza Nº 292-MSS que aprobo el Reglamento General de Licencias y Autorizaciones de Funcionamiento en el distrito, de acuerdo a la naturaleza del MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, opinando por considerar legalmente procedente aprobar el proyecto de Ordenanza; Que, mediante Informe N° 371-2009-GAJ-MSS del 01.04.2009 de la Gerencia de Asesoria Juridica informa que el 15.01.2009 se Publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que establece en su Articulo 14° que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Electronico, hecho que ha sido efectuado por esta Comuna conforme se desprende del Memorandum N° 131-2009-GSP-MSS del 31.03.2009 de la Gerencia de Sistemas y Procesos, habiendose recibido los comentarios de una sola contribuyente, la misma que respalda la propuesta normativa conforme se advierte del Informe N° 287-2009-SGDE-DSU-MSS de la Subgerencia de de Desarrollo Economico de fecha 09.03.2009; por lo que habiendose cumplido con la prepublicacion de la propuesta normativa corresponde elevar lo actuado al Concejo Municipal; Estando al Dictamen Conjunto Nº 013-2008-CDLCAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Juridicos, a los Informes Nros. 1238-2008OAJ-MSS y 371-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, (antes Oficina de Asesoria Juridica), el Informe Nº 491-2008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y de conformidad con lo previsto en los Articulos 9°, 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Municipalidades el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA MORDAZA DE FACILITACION PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II, PARTE DEL I Y III DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA Flexibilizar la aplicacion de las normas tecnicas y legales que regulan el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento; a fin de incentivar el desarrollo de actividades administrativas y economicas, para mejorar la calidad de MORDAZA de los habitantes y demas usuarios

del distrito; alcanzando asi el desarrollo economico y el crecimiento comercial del distrito, ofreciendo facilidades a los conductores de los establecimiento comerciales, artesanales y profesionales, a efectos que puedan integrarse al MORDAZA laboral formal, estimulando de esta manera la creacion de MORDAZA de trabajo y la regularizacion de las actividades economicas. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION La presente MORDAZA sera de aplicacion en las Areas de Tratamiento Normativo II parte del I y III que se indican en el Anexo 1 de la presente Ordenanza; precisandose que esta MORDAZA, no es aplicable en las Zonas Monumentales del distrito, quedando las mismas sujetas a lo establecido en las normas que les corresponden. Articulo 3º.- DEFINICIONES Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicacion de la presente Ordenanza, considerense las siguientes definiciones: Administrado: Es la persona natural y/o juridica propietario, posesionario o adjudicatario del inmueble materia de tramite para la obtencion de la Licencia de funcionamiento. Anuncios y Avisos publicitarios: Texto, leyenda y/o forma de representacion visual que trasmite un mensaje publicitario. Area de Tratamiento Normativo I : Comprende areas homogeneas donde predomina el uso residencial de densidad media, constituidas basicamente por viviendas de bajo costo. MORDAZA el sector comprendido entre el Area de Tratamiento Normativo III y hasta el limite distrital con San MORDAZA de Miraflores. Area de Tratamiento Normativo II : MORDAZA conformada por viviendas de densidad media con multiplicidad de usos de suelo, especialmente residencial, comercial, de industria elemental, y mixto (residencial-comercial y vivienda-taller). Area que MORDAZA la MORDAZA del distrito comprendida al sur de la futura Via Expresa del Paseo de la Republica, la Avenida Los Proceres, la Avenida MORDAZA de MORDAZA (antes MORDAZA Marsano) hasta el intercambio vial MORDAZA Atocongo-Panamericana Sur y hasta los limites distritales con San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA El MORDAZA, Chorrillos y Barranco. Area de Tratamiento Normativo III : Es el area de mayor homogeneidad de funcion, donde predomina el uso residencial de baja densidad. MORDAZA la MORDAZA del distrito comprendida entre la futura Via Expresa del Paseo de la Republica, la Avenida Los Proceres, la Avenida MORDAZA de MORDAZA (antes MORDAZA Marsano) hasta el intercambio vial MORDAZA Atocongo-Panamericana Sur y hasta los limites distritales con San MORDAZA de Miraflores, La MORDAZA, Ate, San MORDAZA, Surquillo, Miraflores y Barranco. Comercio Vecinal Basico (CVB): Actividad economica destinada a ofrecer bienes de consumo diario y servicios de pequena magnitud, relacionados por lo general con los quehaceres de la MORDAZA domestica, asi como para la satisfaccion de las necesidades basicas de las personas que atienden a nivel de servicio al grupo residencial (hasta 2000 habitantes) Comercio Vecinal (CV): Actividades economicas de nivel vecinal o de barrio que corresponden a la MORDAZA comercial de mayor nivel. Sirven a una poblacion de 2,500 a 7,500 habitantes y un radio de influencia de 200 a 800 metros. Comercio Zonal (CZ) Son los centros comerciales de nivel de sector, destinados al comercio de articulos al por menor de consumo directo, duradero y no duradero, y a prestar servicios de mediana magnitud generalmente de mediana frecuencia de uso. Sirven a una poblacion comprendida entre 10,000 y 30,000 habitantes y un radio de influencia de 400 a 1,500 metros. Compatibilidad de Uso: Evaluacion que realiza la Municipalidad con el fin de verificar si el MORDAZA de actividad economica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorizacion del espacio geografico establecido en la zonificacion vigente. Establecimiento Comercial: Inmueble, parte del mismo o instalacion determinada con caracter de permanente en