Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2006 (16/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS

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exoneracion es por un plazo no menor a seis (6) meses, tiempo estimado para la suscripcion del contrato con el ganador de la buena pro del MORDAZA MORDAZA de seleccion a realizarse, salvo que el MORDAZA de arbitraje iniciado para dirimir la controversia surgida de la resolucion del contrato resulte favorable a Telefonica Moviles S.A., por lo que el contrato con el MORDAZA operador deberia establecer una causal de resolucion automatica para este supuesto, en cuyo caso la conclusion del servicio contratado por exoneracion seria menor a seis meses. 7. Este informe senala ademas que la inminencia de un hecho esta dado en funcion a su proximidad a realizarse, es decir, que esta proximo a suceder y refiere casi siempre un riesgo, por lo que no se puede hablar de inminencia cuando un hecho o MORDAZA ya se produjo y se estan evaluando sus consecuencias, lo cual consideramos correcto si tenemos en cuenta que el peligro de desabastecimiento es inminente toda vez que la empresa Telefonica Moviles S.A. se encuentra habilitada ­ en funcion a la resolucion del contrato ­ a suspender en forma inmediata la prestacion del servicio contratado. 8. En atencion a lo expuesto, consideramos que resulta atendible el pedido de exoneracion solicitado, al encontrarse este previsto en el TUO del D.S. Nº 0832001-PCM y su Reglamento, centrandonos a opinar por la procedencia legal de dicha exoneracion. 9. Asi, de acuerdo al MORDAZA normativo citado lineas atras, la adquisicion habria de efectuarse mediante la contratacion directa con el proveedor, a traves de acciones inmediatas, en el entendido que la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion. En todo caso, segun establece la MORDAZA, los contratos que se celebren como consecuencia de dicha exoneracion deberan igualmente cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. 10. En consecuencia, de acuerdo a la LCAE cabe derivar los antecedentes del presente caso a la Secretaria General del Concejo, a fin que el Concejo Metropolitano, de considerarlo pertinente, disponga que se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion a que hace referencia el presente informe, teniendose presente que en el respectivo Acuerdo de Concejo debera indicarse la fuente de financiamiento para la contratacion objeto de la exoneracion, de acuerdo a la informacion que proporcione la Subgerencia de Presupuesto de la MML. Es todo cuanto tenemos que opinar, salvo mejor parecer. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Sistematizacion Legal y Rclamos Gerencia de Asuntos Juridicos MORDAZA, Conforme, remitase a la Subgerencia de Logistica Corporativa. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Asuntos Juridicos 5670-1

VISTO, el Codificado Nº 49290-2004, mediante el cual la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, solicita la Ratificacion de la Resolucion Nº 058-2004-RASS de fecha 29 de enero de 2004 y su rectificatoria Resolucion Gerencial Nº 223-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 28 de MORDAZA del 2004, promovidas por la empresa J.J.C. INMOBILIARIA S.A ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 058-2004-RASS ( fs.108 al 112) de fecha 29 de enero del 2004 y su rectificatoria la Resolucion Nº 223-2004-GDU-GCDLMSS (fs. 120 al 122) de fecha 28 de MORDAZA del 2004 emitidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, se resuelve aprobar los proyectos referentes a Ubicacion y Localizacion; Trazado, Lotizacion, pavimentacion de calzadas, aceras y ornamentacion de parques correspondientes a la Habilitacion MORDAZA Nueva con Construccion Simultanea de Vivienda Programa MIVIVIENDA, para Uso de Vivienda Taller I1R-4 del terreno de 17,892.00 m², constituido por el Lote MORDAZA denominado Naranjuelo ubicado con frente al Jr. Combate de Angamos (ex Jr. Arica) s/n esquina con la Avenida Prolongacion Paseo La Castellana, en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Que, el terreno se encuentra inscrito en la Ficha N° 1320858 que continua en la Partida Electronica N° 49079659 del Registro de Predios de la MORDAZA N° IX ­ Sede MORDAZA (fs. 23). Que, mediante Informe Nº 209-2004-MML-DMDUDHU-DRD (fs. 129 al 133 ) de fecha 22 de MORDAZA del 2004, emitido por la Division de Revision de Diseno de la ex Direccion de Habilitaciones Urbanas, manifiesta que la presente Habilitacion MORDAZA incumple con los Planes Urbanos, respecto a los aportes reglamentarios por cuanto no se ha aplicado la Ordenanza Nº 292-MML. Que, con Anexo Nº 4462 (fs. 134) de fecha 27 de MORDAZA de 2004, la administrada se acoge al Silencio Administrativo Positivo; por lo que hay un acto MORDAZA producido como consecuencia de la aplicacion del Silencio Administrativo Positivo en la solicitud de ratificacion de la Resolucion indicada anteriormente. Que, mediante Informe Nº 367-2004-MML-DMDUDHU-AL (fs.137 al 139) de fecha 16 de agosto del 2004, emitida por el Area Legal de la ex Direccion de Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que de acuerdo a la evaluacion tecnica, el presente no cumple con los Planes Urbanos respecto a los aportes reglamentarios tal como lo senala la Ordenanza N° 292-MML. Que, con Informe Nº 143-2006­MML-GDU-SPHU-DRD (fs. 148) de fecha 19 de setiembre del 2006, de la Division de Revision de Diseno de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones MORDAZA, se manifiesta que estando vigente la Ordenanza Nº 836-MML se podria indicar que la presente Habilitacion MORDAZA estaria cumpliendo con los Planes Urbanos, teniendo en cuenta que en esta MORDAZA se establece que para las habilitaciones urbanas especiales (Programas con Financiamiento Fondo MIVIVIENDA) se aplicaran los aportes reglamentarios: para Recreacion Publica del 8% y para Ministerio de Educacion del 2%, los cuales coinciden con los dispuestos en los Decretos Supremos Nº 053-98-PCM y Nº 030-2002-MTC y que se han aplicado en el presente caso. Que con Informe N° 377-2006-MML-GDU-SPHU-AL (fs. 149 y 151) de fecha 25 de setiembre del 2006, emitido por la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, manifiesta que de acuerdo a la evaluacion tecnica, con la aplicacion de la Ordenanza N° 836-MML la presente Habilitacion MORDAZA estaria cumpliendo con los Planes Urbanos con respecto a los aportes reglamentarios, siempre que el administrado se acoja a esa norma. En este sentido, en aplicacion de los Principios de Informalismo, Eficacia y Celeridad se opina por la Ratificacion de la Resolucion N° 058-2004-MSS y su rectificatoria Resolucion N° 223-2004-GDU-GCDLMSS, emitidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco. Asimismo, manifiesta que de la verificacion de la Ficha N° 1320858 continuada en la Partida N° 49079659 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral N° IX - Sede

Ratifican resoluciones de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA que aprueban proyectos correspondientes a habilitacion MORDAZA nueva con construccion simultanea de vivienda
RESOLUCION N° 168-2006-MML-GDU-SPHU MORDAZA, 26 de octubre de 2006