Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2006 (16/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de noviembre de 2006

la informacion que transfieren a traves de la red de telefonia movil ­con la caracteristica de ubicuidad- como un servicio, en cuanto es innegable su valor economico y operativo en la ejecucion eficiente de las labores diarias; Que, teniendo en consideracion lo MORDAZA expuesto, el servicio de telefonia movil, es pues para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA un servicio basico, necesario y esencial para poder garantizar el normal desarrollo de sus funciones. La interrupcion o suspension de este servicio podria afectar la operatividad y gestion administrativa de la Entidad, ya que carecer de comunicacion y traslado de informacion adecuada, generara la falta de mecanismos que logren una gestion eficiente; Que, de otro lado, la Subgerencia de Servicios Generales expone, que MORDAZA las caracteristicas del servicio es importante que este deba brindarse de manera continua. Ello implica la continuidad del mismo, aun en los casos de terminacion de plazo de los contratos, por razones tecnicas, fuerza mayor, caso fortuito o por sanciones impuestas; la Entidad puede y debe hacer uso de los procedimientos contemplados a fin de velar por la adecuada prestacion del servicio; en tal sentido, el ordenamiento legal vigente reconoce la existencia de exoneraciones a los procesos de seleccion; Que, en cuanto a la figura de desabastecimiento inminente, esta es producto de un hecho sobreviniente que recoge la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, no siendo atribuible la negligencia, descuido o impericia de los funcionarios o servidores de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, respecto de la propuesta del plazo para contratar los servicios de telefonia movil, se indica un plazo no menor a seis (6) meses, supeditado a una condicion suspensiva que implica la suscripcion del contrato con el ganador de la Buena Pro del MORDAZA MORDAZA de seleccion o al consecuente Laudo Arbitral que se pronuncie respecto de la controversia por la resolucion del Contrato derivado del Concurso Publico Nº 004-2005-CE-CORP/MML mencionado anteriormente; Que, segun senala la Subgerencia de Servicios Generales, realizado el Estudio de MORDAZA por el Area de Programacion de la Subgerencia de Logistica Corporativa que alcanza con Oficio Nº 034-2006-MML-GA-SLC-AP del 6.10.2006, se ha establecido que unicamente cumple con las caracteristicas tecnicas y condiciones del servicio requerido la EMPRESA MORDAZA MOVIL PERU S.A.C., cuyo monto estimado para la contratacion de servicio de telefonia movil es de S/. 207,320.44 (DOSCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 44/100 NUEVOS SOLES) por seis (6) meses. Precisan ademas que el contrato derivado de la exoneracion contendra una clausula de vigencia en la cual se precisara, que el mismo concluira de manera indefectible el dia en que entre en vigencia el MORDAZA contrato con el ganador de la Buena Pro o cuando entre en vigencia el Laudo Arbitral que se pronuncie sobre la resolucion del Contrato derivado del Concurso Publico Nº 004-2005-CE-CORP/MML; Que, al respecto, la Gerencia de Asuntos Juridicos emite el Informe Nº 1806-2006-MML-GAJ de fecha 16.10.2006, considerando atendible el pedido de exoneracion del MORDAZA de seleccion, al encontrarse este previsto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2001-PCM y su Reglamento, en donde se establece que se encuentran exonerados de procesos de seleccion, las adjudicaciones o contrataciones que se realicen cuando se presente una situacion de desabastecimiento inminente, considerada como una situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Se senala ademas que dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, para la aplicacion de dicha exoneracion, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el Acuerdo de Concejo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente

de los informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; y el articulo 148º del Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, de dicho Reglamento, senala que: la entidad efectuara las adquisiciones y contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantia que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad o el organo designado para el efecto; Que, la Subgerencia de Presupuesto, mediante Memorando Nº 250-2006-MML/GF-SP de fecha 24.10.2006, en relacion a la prevision presupuestal 2007 para el servicio de telefonia movil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA , cuyo valor referencial mensual asciende al monto de S/. 31,533.46, manifiesta que el monto Programado Anual para el ano 2007 asciende a S/. 470,000.00 el mismo que se ha distribuido a nivel de Centros de Costo. Por otro lado, conforme a los Requerimientos de Gasto para Adquisiciones Consolidadas Nros. 00000-00013 y 00000-00014 de fecha 20.10.2006 que se adjuntan, se estaria contando con la disponibilidad presupuestal para la ejecucion del gasto en el presente ejercicio, conforme lo senala el Subgerente de Logistica Corporativa en Carta Nº 00398-2006-SLC-GA/MML; De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y de Organizacion en sus Dictamenes Nos. 91- 2006-MML-CMAL y 233-2006-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponde, para la contratacion del Servicio de Telefonia Movil, ofrecido por la Empresa MORDAZA Movil Peru S.A.C, cuyo valor referencial del servicio se ha calculado en S/. 207,320.44 (DOSCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 44/100 NUEVOS SOLES) por un plazo de seis (6) meses, acorde a lo expuesto en los informes Tecnico y Legal, asi como a lo expuesto en el Memorando Nº 250-2006-MML/GF-SP de la Subgerencia de Presupuesto, siendo la Subgerencia de Logistica Corporativa la encargada de realizar la adquisicion bajo el procedimiento establecido en normas para este efecto. Se anexa como parte del presente acuerdo el Informe Tecnico Nº 001-2006-MML-GA-SSG de la Subgerencia de Servicios Generales y el Informe Nº 01806-2006-MML/GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General del Concejo, en cumplimiento de las formalidades establecidas, en el inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, publicar el presente Acuerdo e Informes Tecnico y Legal en el diario oficial "El Peruano", asi como ponerlo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Logistica Corporativa de la Gerencia de Administracion, para que en la elaboracion del Presupuesto 2007, se consideren los importes que correspondan a efecto de contar con el MORDAZA presupuestal para atender las obligaciones que se estan comprometiendo al contratar el servicio de Telefonia Movil con la Empresa MORDAZA Movil Peru S.A.C. Asimismo para la contratacion del mencionado servicio, la referida Subgerencia debera cumplir con el Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones