Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2006 (16/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de noviembre de 2006

Ley Nº 27783, constituye competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales la administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal; competencia igualmente prevista en el articulo 10º, inciso 1, literal j) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867; Que, de conformidad con el articulo 62º literal b) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, son funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, la realizacion de los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal; Que, de conformidad con el literal c) del citado articulo 62º, son tambien funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad estatal, con excepcion de los de propiedad de los Gobiernos Locales y del Gobierno Nacional, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, de conformidad con el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se ha previsto la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones especificas para el ejercicio de las competencias exclusivas establecidas en el articulo 35º y en el articulo 10º citados anteriormente y de las funciones senaladas en el articulo 62º referenciado en los considerandos anteriores de la presente, las mismas que han sido debidamente acreditadas y transferidas al Gobierno Regional Tumbes mediante el articulo 1º de la Resolucion Gerencial Nº 063-2006-CND/GTA emitida por la Gerencia de Transferencias y Acreditacion del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND y el Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del Sector Economia y Finanzas - Superintendencia de Bienes Nacionales al Gobierno Regional Tumbes, en Materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos Urbanos y Eriazos de Propiedad del Estado de fecha 26 de MORDAZA de 2006, suscrita por el Titular del Pliego Sectorial ­ Ministerio de Economia y Finanzas y el Titular de Pliego Regional - Gobierno Regional Tumbes; Que, de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralizacion, aprobada por Ley Nº 27783, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes, cuya formalizacion definitiva culmina con la suscripcion de actas de entrega y recepcion correspondientes; por lo que se hace necesario formalizar ante la Oficina Registral de Tumbes el cambio de titularidad y dominio de los bienes inmuebles de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, que han sido transferidos a favor del Gobierno Regional Tumbes, mediante el Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del Sector Economia y Finanzas - Superintendencia de Bienes Nacionales al Gobierno Regional Tumbes, en Materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos Urbanos y Eriazos de Propiedad del Estado de fecha 26 de MORDAZA de 2006, referenciada en la presente Resolucion; Que, en ejercicio de las funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado que le han sido otorgadas mediante el literal c) del articulo 62º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y la transferencia del dominio y titularidad al Gobierno Regional Tumbes de los bienes inmuebles de propiedad del Estado ubicados en la jurisdiccion de la Region Tumbes en merito a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 y en el Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados referenciadas en el considerando anterior, el Gobierno Regional Tumbes debe establecer los mecanismos aplicables para el registro e inscripcion de su

titularidad y dominio sobre los citados bienes inmuebles, registrados como propiedad del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, conforme a lo dispuesto en la Setima Disposicion Complementaria del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, quedando asi reconocida plenamente la legalidad de la intervencion del Gobierno Regional Tumbes en los diferentes actos de administracion y adjudicacion de dichos bienes inmuebles a favor de terceros, asi como el respeto al MORDAZA registral de tracto sucesivo con relacion a la inscripcion y el registro del derecho de propiedad sobre los mismos en la Oficina Registral de Tumbes; Contando con la visacion de las Gerencias Regional General y de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Secretaria Regional General, Oficina Regional de Asesoria Juridica y Subgerencia de Acondicionamiento Territorial; En uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia Regional en virtud de lo normado al respecto en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y su modificatoria, Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que para la inscripcion en la Oficina Registral de Tumbes de la titularidad y dominio del Gobierno Regional Tumbes sobre los bienes inmuebles de propiedad del Estado ubicados en la jurisdiccion de la Region Tumbes que han sido transferidos a su favor por el mismo en merito a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralizacion, aprobada por Ley Nº 27783, y del Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales al Gobierno Regional Tumbes, en Materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos Urbanos y Eriazos de Propiedad del Estado de fecha 26 de MORDAZA de 2006, sera necesaria unicamente la MORDAZA de los siguientes documentos: 1. MORDAZA autenticada de la presente Resolucion. 2. Original de la memoria descriptiva del bien inmueble correspondiente y debidamente suscrita por los profesionales responsables la unidad organica competente. 3. Plano de ubicacion y plano perimetrico en escala 1: 5,000 y en formato A-3, suscrito por Ingeniero Civil y/o Arquitecto colegiado y habilitado para el ejercicio de su profesion para el caso de predios urbanos, o por el Jefe de la Oficina del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras de Ejecucion Regional de la Region Tumbes, en caso de predios eriazos. Articulo Segundo.- Disponer la rectificacion de oficio de los asientos registrales de los bienes inmuebles de propiedad del Estado en la jurisdiccion de la Region Tumbes inscritos en la Oficina Registral de Tumbes cuya titularidad y/o dominio se encuentren registrados a nombre de la Superintendencia de Bienes Nacionales , de forma que la titularidad y dominio sobre los mismos quede registrada a nombre del Estado, representado por el Gobierno Regional Tumbes, en merito a lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion. Conforme a lo dispuesto en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, una vez que dicha rectificacion se produzca, procedase a hacer el respectivo registro contable en la Cuenta 33 de los libros contables del Gobierno Regional Tumbes, remitiendose la informacion correspondiente a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con y dentro del plazo previsto en el articulo 12º del citado Decreto Supremo. Articulo Tercero.- Establecer que la adjudicacion a terceros por parte del Gobierno Regional Tumbes bajo la modalidad de venta directa o subasta publica de los bienes inmuebles de propiedad del Estado de libre disponibilidad cuya titularidad y dominio han sido transferidas por el mismo a su favor conforme a lo senalado en los considerandos de la presente Resolucion se MORDAZA mediante Resolucion Ejecutiva Regional suscrita por la Presidencia del Gobierno Regional Tumbes, una vez cumplido con los