Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 1999 (22/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 22 de enero de 1999

MORDAZA Postal, se procedio a requerir a cada uno de los solicitantes cumplan con remitir la documentacion complementaria a la obrante en sus expedientes, con el fin de subsanar las observaciones encontradas, respecto a los requisitos exigidos en el Decreto Supremo Nº 032-93TCC, que aprueba el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales; Que, conforme se verifica en cada uno de los expedientes administrativos, los solicitantes no han cumplido con remitir la documentacion que la administracion oportunamente les ha solicitado, habiendo vencido en exceso los plazos establecidos legalmente, siendo que tal incumplimiento ha devenido en causal de abandono del Procedimiento Administrativo de las solicitudes por ellos iniciados, a tenor de lo normado en los Articulos 69º, 70º y 91º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 00294-JUS y estando a lo opinado por la Direccion de Normas y Supervision Postal, mediante Informe Nº 204-98-MTC/ 15.20.03; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en abandono los procedimientos administrativos de los ocho (8) expedientes sobre concesion para prestar el servicio postal, que se detallan en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Direccion de Normas y Supervision Postal procedera al archivamiento de los expedientes a que se refiere el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Correos
MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CORREOS DIRECCION DE NORMAS Y SUPERVISION POSTAL

Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0193-98MTC/15.16.02 y Memorandum Nº 0237-98-MTC/15.16.02 emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, y Memorandum Nº 0588-98-MTC/15.16.06 emitido por la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento, y demas disposiciones legales vigentes; Que, la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A. - AEROPERU, ha presentado oposicion a la solicitud de Renovacion del Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de Carga formulada por la Compania CIELOS DEL PERU S.A., MORDAZA Export Air del Peru S.A., la misma que debe declararse improcedente por cuanto no cumple con los requisitos establecidos en el inciso d) del Articulo 85º del Decreto Legislativo Nº 670, el mismo que modifica la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, conforme se desprende del Acta de Audiencia Publica correspondiente; Que, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26917, CIELOS DEL PERU S.A. ha solicitado se adecue su pedido a la indicada ley, a efectos que esta Direccion General resuelva lo solicitado mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC, Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CIELOS DEL PERU S.A. la Renovacion del Permiso de Operacion para prestar el Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de Carga, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del 25 de MORDAZA de 1997, bajo las siguientes caracteristicas:

ANEXO
Nº DE EXP. Nº NOMBRE O RAZON SOCIAL ORDEN FECHA NOTIFICACION DE INIC. TRAM. 8.1.98 Nº 019-98-MTC/15.20.03 FECHA

NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo No Regular de Carga.

1

003-98

Q & G REPRESENTACIONES Y VENTAS E.I.R.L.

16.1.98

AMBITO DEL SERVICIO:
Nº 075-98-MTC/15.20.03 16.3.98

2

008-98

SERVICIOS GENERALES MORDAZA 15.1.98 MORDAZA Y MORDAZA S.R.Ltda C&F SERVICIOS INTEGRADOS S.A. SERVICIOS CORPORATIVOS MEJ S.A. FAST DELYVERY COURIER E.I.R.L. MORDAZA CENTER S.A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CIBRUM MULTISERVIS S.R.Ltda. 26.1.98

- Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 707-331 C. - BOEING 707-369 C. ZONAS DE OPERACION: - MORDAZA DEL NORTE - MORDAZA DEL SUR - MORDAZA CENTRAL - EUROPA - MORDAZA - MORDAZA - OCEANIA BASE DE OPERACIONES:

3

012-98

Nº 062-98-MTC/15.20.03

3.3.98

4

015-98

29.1.98

Nº 097-98-MTC/15.20.03

2.4.98

5

023-98

6.2.98

Nº 054-98-MTC/15.20.03

16.2.98

6 7 8

027-98 032-98 033-98

16.2.98 24.2.98 24.2.98

Nº 060-98-MTC/15.20.03 Nº 072-98-MTC/15.20.03 Nº 018-98-MTC/15.20

3.3.98 12.3.98 10.7.98

1113

Otorgan a empresa renovacion de permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo no regular de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 147-98-MTC/15.16 MORDAZA, 19 de octubre de 1998 Vista la solicitud de CIELOS DEL PERU S.A., fusionante por absorcion de Export Air del Peru S.A., sobre Renovacion de Permiso de Operacion para prestar el Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de Carga otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 221-92-TC/15.12.

- Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" MORDAZA - Callao. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a CIELOS DEL PERU S.A., deben estar provistas de su Certificado de Matricula vigente, expedido -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En los casos en que CIELOS DEL PERU S.A. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa que se trata, segun sea el caso, de vuelos en conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta.